El abogado Alonso Hiecke se ha pasado por los estudios de Cope Ceuta la mañana de este lunes y ha hecho referencia a la notificación de que el Tribunal Supremo declare la nulidad de una tarjeta emitida en 2012 por Citibank “por usuraria y por ser ilegible”.
Ha explicado más sobre este asunto que ha llegado hasta la Audiencia Provincial, señalando que es algo que “está siendo habitual, no solo por el tipo de interés, sino que los préstamos están por encima del 25,15% y están siendo declarados nulos por los juzgados”.
Y es que ha indicado que estos sistemas no están pasando el control de transparencia, al tiempo que ha señalado que “si los clientes no entienden los contratos que están firmando pueden declararse nulos”.
El abogado ha comentado que se ha encontrado con una disparidad de criterios en las audiencias provinciales, pero ha recalcado que “el Tribunal Supremo ha abierto el abanico de reclamar la nulidad de tarjetas”.
Al respecto ha ampliado que las entidades financieras cuando contactan con la persona para proporcionarle información sobre las nuevas tarjetas, “te dicen que no hay ningún tipo de comisión, y que no hay plazos para pagar las tarjetas, pero lo que están haciendo es calcular de una forma compleja todo lo que tienes que pagar luego”.
"Estamos siguiendo los criterios que marcan los juzgados"
Desde Alonso Hiecke Abogados han asegurado que están tranquilos “porque estamos siguiendo los criterios que marcan los juzgados, que siguen declarando la nulidad de las tarjetas por usura”.
Los clientes afectados por este caso recuperarán más de 13.000 euros, aclarando que si el prestamista cancelara 10.000 euros de deuda el cliente recuperaría 9.000 en efectivo.
La Ley Azcárate establece que la sanción al usurero señala que pierde el derecho a cobrar los intereses y Hiecke va más allá: “Si vemos algo en el contrato que no está claro podemos pedirlo y desde los bancos están obligados a dártelo”, ha afirmado el abogado.
Por último, ha puesto el ejemplo de un caso de países del este de Europa en el que una pequeña financiera quebró porque se dedicaba a aplicar intereses del 9.700% anual, “algo impensable e irracional”, ha concluido Hiecke.
Llega tarde al negocio de las reclamaciones por tarjetas por usura.
Dos recientes sentencias del TS lo hacen difícil:
1.- No es usuraria una TAE que no supere en 6,3 puntos el TDER publicado por el Banco de España para la fecha, que desde 2010 a la fecha han estado entre el 21 y el 18 por ciento.
2.- A efectos de usura hay que considerar las TAEs efectivas aplicadas a lo largo del contrato, no solo la inicial. Y estas han bajado mucho en los últimos años.