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El abogado Carlos Alonso ofrece mañana charla en la CECE para aclarar las dudas más habituales tras la aprobación del real decreto
“Imaginate que situación tan peligrosa: El banco que te ha engañado hace de juez y parte. El cliente es el perjudicado. Y quien ha vulnerado sus derechos es quien va a decidir si tiene derecho a que le devuelva su dinero y, además, dirá cuánto dinero le devuelve”. Así resume el letrado Carlos Alonso la nueva situación en que, tras la aprobación por parte del Gobierno del real decreto sobre cláusulas suelo, se encuentran los clientes de entidades financieras en cuyo crédito hipotecario figuraba esa condición. Su conclusión es que hace falta prestar una especial atención al aceptar las condiciones que presente el banco para proceder a la devolución del dinero. Y, por lo tanto, ahora es más necesario que nunca el asesoramiento de un economista o de un abogado especializado.
Este será uno de los asuntos que abordará el letrado en la charla que ofrecerá mañana a las siete de la tarde en la sede de la Confederación de Empresarios. “Estoy recibiendo muchas consultas sobre las cláusulas suelo y veo más práctico hacer una reunión informativa para analizar los supuestos más generales, ver en qué situación estamos, qué postura ha adoptado cada una de las entidades bancarias...”, explica Carlos Alonso. En resumen, se trata de que los ciudadanos conozcan cuáles son sus derechos en este asunto y sepa cómo ejercerlos. Por lo tanto, la charla está dirigida al público en general y específicamente a los clientes de entidades bancarias que hayan contratado un crédito hipotecario con cláusula suelo.
Prudencia y desconfianza
Después de las resoluciones del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre este asunto y tras la aprobación por parte del Gobierno de un decreto ley para regular la devolución del dinero cobrado de más por parte de los bancos, el letrado Carlos Alonso aconseja, en primer lugar, prudencia. Y luego, desconfianza.
Es conveniente ser prudente porque ni las resoluciones del TJUE ni el real decreco implican la devolución automática del dinero. Es necesario presentar una reclamación al banco. Y además es aconsejable no pecar de confianza ante las entidades financieras cuando éstas presenten su propuesta de devolución. De hecho, la situación que se plantea con el real decreto es un tanto insólita. Para explicarla, el abogado Alonso pone un ejemplo en el que intercambia los papeles que desempeñan el banco y el cliente en la resolución de este problema. “Es como si un ciudadano llegara a su oficina bancaria y dijera: ‘He hecho los cálculos en mi casa, pero no te voy a decir cómo los he hecho ni te voy a presentar la liquidación. Sólo te diré la cantidad que me vas a devolver. Y además, a partir de ahora voy a pagar lo que yo considere por la hipoteca’. Es una situación absurda desde este punto de vista, pero también lo es si quien hace los cálculos y establece las condiciones es el banco”, señala Carlos Alonso. “No se trata de ser catastrofista, pero hay que ser precavido. De hecho, el banco lo es ya que cuando acude al procedimiento de resolución alternativa que contempla el real decreto no va sólo. Por supuestísimo que se presenta con sus abogados. La asistencia jurídica en este proceso es un derecho que tienen ambas partes, pero muchas veces sólo la ejerce la entidad bancaria”, explica. De hecho, el acuerdo que se firma en ese momento es decisivo. “Uno ya no puede plantear un nuevo pleito más tarde si está disconforme con algún aspecto del documento. Usted ha firmado un papel donde le dicen cuánto dinero recibirá y usted lo ha aceptado. Es totalmente definitivo”, advierte el letrado.
Además, puede darse el caso de que el cliente de la entidad no sólo esté aceptando el acuerdo sobre la devolución del dinero cobrado de más por la clausula suelo. Entre la documentación donde estampe su firma puede estar la renuncia a emprender otras acciones judiciales. “Quizás en ese preciso momento, el cliente esté modificando sin saberlo las condiciones de su hipoteca o esté renunciando a futuras demandas contra la entidad bancaria. ¿Y qué pasa con otras cantidades que me hayan podido cobrar indebidamente? ¿Y los gastos de formalización de la hipoteca, que según el Supremo son nulos? SI hay cinco cláusulas abusivas y una de ellas es la de las cláusulas suelo, no hay porqué renunciara a cuatro para solventar una”.
“No se trata de fomentar las demandas. Todo lo contrario. Yo, siempre que puedo, trato de evitar los pleitos siempre que se llegue a un acuerdo razonable. Pero para negociar, lo primero es conocer tus derechos”, señala Carlos Alonso.
En asuntos legales también ‘más vale prevenir que curar’
“Cuántos problemas se hubiesen evitado en este país consultado a un abogado”, se pregunta Carlos Alonso, que considera que la principal labor del abogado debería ser evitar los conflictos en lugar de solucionarlos. Es lo que aconseja el conocido refrán: ‘Más vale prevenir que curar’. Otros de estos dicho sentencia: ‘Piensa mal y acertarás’. En este sentido, Alonso duda de que los bancos vayan a devolver “por las buenas” todo el dinero cobrado de más. Por ello, el abogado aconseja a los clientes de la entidad financiera acudir a un experto cuando ésta les haga la propuesta de devolución para que compruebe si es correcta. Y en caso contario, decidir si se conforma o inicia un pleito.