De esta forma, destacaron los representantes de Caballas en declaraciones a este periódico, “se conseguirá satisfacer la necesidad de la empresa de mejorar sus planes de formación y se contribuirá a paliar una necesidad social de la ciudad autónoma”. El jefe de Personal de Acemsa ha justificado la conveniencia de convertir a la empresa en entidad colaboradora del SPEE en que online casino “la evolución de la sociedad está determinada por el desarrollo de los servicios que viene prestando y de aquellos que puedan ser realizados en un futuro”.
Partiendo de esa premisa se subraya que “en la búsqueda de nuevas fórmulas formativas se ha recabado información sobre la posibilidad de que la empresa fuera entidad colaboradora del Servicio Público de Empleo Estatal con el objetivo de facilitar formación continua al personal que desarrolla su trabajo en los distintos programas y recursos que se pudiesen gestionar”.
Sin ánimo de lucro
Las entidades colaboradoras son agentes “sin ánimo de lucro” que tienen capacidad “para realizar acciones de comprobación de la profesionalidad, información, orientación profesional y búsqueda activa de empleo o mejora del mismo”. Además, deben “disponer de las instalaciones, recursos materiales, expertos, métodos e instrumentos que para cada acción se fijen por la Dirección General del Instituto Nacional de Empleo en las especificaciones técnicas correspondientes”.
Para Acemsa “la ejecución de acciones formativas bonificadas” supondrá, se prevé, “una nueva vía para la consecución de asesoramiento, orientación y motivación para los trabajadores de la empresa, así como de las sociedades del sector que las realicen, que con toda seguridad redundará en beneficio de nuestros objetivos profesionales”.
El Real Decreto 395/2007, que regula el subsistema de formación profesional para el empleo, subraya que “en una economía cada vez más global e interdependiente el capital humano se erige en un factor clave para poder competir con garantía de éxito”.
Por ello, las Administraciones Públicas asumieron que “la formación constituye un objetivo estratégico para reforzar la productividad y competitividad de las empresas en el nuevo escenario global, y para potenciar la empleabilidad de los trabajadores en un mundo en constante cambio”.
En la modalidad presencial y el ámbito del SPEE
Los centros y entidades de formación relacionados en el artículo 9.1 del Real Decreto 395/2007 (Administraciones Públicas, organizaciones empresariales y sindicales, empresas, Centros Integrados de FP...) que deseen impartir, en modalidad presencial y en el ámbito de gestión del Servicio Público de Empleo Estatal (SPEE), las distintas iniciativas de formación integradas en el subsistema de formación profesional para el empleo deben solicitar la inscripción y, en su caso, acreditación del centro o entidad de formación para las especialidades formativas que vaya a impartir el mismo, ateniéndose a este procedimiento. El SPEE mantiene un Registro estatal actualizado de centros y entidades de formación de carácter público.