El Juzgado de lo Penal número 2 de Ceuta ha absuelto a un joven llamado Y.H.A. a quien se le pedían hasta 5 años de cárcel por un robo con violencia ocurrido en las inmediaciones de la casa cuartel de la Guardia Civil, en Hadú. El titular del Penal 2 ha ordenado además la puesta en libertad inmediata del acusado, que se encontraba en prisión por unos hechos ocurridos en marzo de este año. Se le acusó de, cuchillo en mano, robar un móvil a un menor a quien le habría rociado en los ojos con un espray. Tal y como se recoge en sentencia, a cuyo contenido íntegro ha tenido acceso El Faro de Ceuta, no ha llegado a constatarse los hechos que fueron denunciados y llevaron al arresto.
A la absolución se llega partiendo del derecho fundamental a la presunción de inocencia y ante la inexistencia de una “mínima prueba de cargo”. Después de que el acusado por estos hechos negara haber cometido el robo del que se le acusaba, la única prueba recaía sobre la fuerza de una acusación que no fue tal, ya que la declaración de la víctima no reunió los mínimos requisitos exigidos, tales como persistencia en la declaración, verosimilitud y coherencia además de ausencia de incredibilidad subjetiva.
La declaración de la víctima se considera imprecisa e incoherente, amén de que, al conocer al acusado previamente, podía existir un “ánimo avieso en el sentido de la denuncia”. La existencia de dudas razonables por, por ejemplo, la variación de datos de cómo se produjo el robo, lleva finalmente a la absolución del acusado. Y es que en la declaración policial y judicial se alteraron las formas usadas para hacerse por la fuerza con el teléfono móvil robado. De todos modos, cabe recalcar que la sentencia todavía no es firme por lo que cabe recurso.
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