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Absuelto de quebrantamiento al acudir a socorrer a su mujer

El magistrado titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Ceuta ha absuelto a un varón acusado de un delito de quebrantamiento de medida cautelar tras apreciar una eximente completa de estado de necesidad.
No es común el dictado de una sentencia de este tipo que deriva en la inexistencia de una responsabilidad penal.
Los intereses del acusado han estado defendidos por el abogado Jorge Gil Pacheco, quien en el acto de juicio oral propuso la existencia de dicha eximente justificando que existió un quebrantamiento de una orden de alejamiento pero ante una necesidad clara para evitar un mal mayor.
Esa ha sido precisamente la clave que ha sido tenida en cuenta y valorada por su señoría.
En sentencia, a cuyo contenido ha tenido acceso este periódico, se considera probado que en noviembre de 2023 el acusado acudió al domicilio de su mujer a sabiendas de que pesaba una orden de alejamiento.

El acusado atendió la petición de auxilio de su mujer por la presencia de un delincuente

Pero también es cierto que lo hizo al prevalecer “la necesidad de evitar un mal inminente y grave que se representó sobre la vida e integridad” de su mujer e hija, “por la alarmante petición de auxilio que recibió en el momento en que” la fémina estaba siendo “asaltada en su casa por un individuo que aporreaba la puerta”.
En el acto de juicio oral se contó con testificales coincidentes en los hechos expuestos, es decir, que al acusado le llamó alarmada su propia mujer porque un conocido delincuente estaba aporreando la puerta de su vivienda con violencia, amenazando con matarla a ella y a su hija.
Ese riesgo y temor fue lo que motivó que el acusado acudiera rápidamente al lugar de los hechos para comprobar lo que pasaba. Una vez allí, tanto las testigos como el acusado concluyeron que este no llegó a entrar en la casa ni a entrevistarse con su mujer, sino que inmediatamente se presentó la Policía Nacional para intervenir.

Se contempla la eximente completa de estado de necesidad como pidió la Defensa

Se declara probado que efectivamente se incumplió esa orden de alejamiento, pero fue una acción movida por la necesidad de evitar un mal inminente y grave sobre su esposa e hija.
Existía ese peligro inminente y grave, es decir, “un mal superior a la observación de la orden de alejamiento que no fue provocado por él mismo y que no tenía obligación de soslayar por razón de un oficio o cargo. Prueba de lo comedido de su actuación fue la evitación de todo contacto directo con su mujer cuando ya se acercó a su casa”, concluye el magistrado.
Tal situación ha llevado a apreciar la eximente completa del estado de necesidad por lo que el acusado queda absuelto al estar exento de responsabilidad penal.

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