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Absuelto de un delito de receptación tras llevar un ordenador robado

La falta de indicios se ha tenido en cuenta para el dictado de una sentencia absolutoria

Por Carmen Echarri
24/02/2021 - 05:20
juzgado-penal-ceuta-1

Juzgado de lo Penal número 1 de Ceuta


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La magistrada del Juzgado de lo Penal número 1 de Ceuta ha absuelto a un hombre que estaba acusado de receptación y que se enfrentaba a una pena de prisión de un año. El 17 de febrero de 2020 fue interceptado por la Guardia Civil en el puerto cuando desembarcaba de Algeciras portando un ordenador entre sus pertenencias que constaba como sustraído en Valdemossa (Islas Baleares).

El Ministerio Fiscal acusaba al llamado A.D. de un delito de receptación, considerando que tenía conocimiento de que la computadora era robada. De acuerdo con los fundamentos recogidos en la sentencia, a cuyo contenido íntegro ha tenido acceso El Faro de Ceuta, no existen indicios “lo suficientemente consistentes” y “enlazados entre sí” para dictar una condena.

El acusado había declarado que una semana antes de la detención compró ese ordenador a través de la página Milanuncios. El vendedor se lo entregó en una plaza, sin que llegara a sospechar que se trataba de una pieza robada. A.D. vive en Palma y trabaja allí, sin que tenga necesidad de robar. Explicó que pasaba por Ceuta para ir a Marruecos de vacaciones, portando regalos para sus familiares, entre ellos la computadora valorada en unos 500 euros, menos que el dinero que, confesó, le ha terminado costando el ir y venir a Ceuta para la celebración de la vista oral.

La Guardia Civil declaró que además del ordenador llevaba más objetos de segunda mano, ninguno con justificante de compra. Indica la magistrada que el mero hecho de no disponer de una documental no implica per se que el acusado sepa el origen ilícito del ordenador, objeto que además fue robado en enero y no se encontró hasta un mes después. Ante la falta de indicios y la aplicación del principio in dubio pro reo se acuerda absolución.

Tags: Juicios

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