El detenido por amenazas a su mujer y por causar un incendio en una vivienda ubicada en la barriada del Príncipe, en Ceuta, quedó este mismo jueves en libertad, después de ser trasladado a dependencias judiciales por la Policía Nacional.
No obstante, a pesar de esta resolución, el propio juzgado ha dictado una orden a la Policía para que lo vuelva a presentar este mismo viernes en dependencias judiciales para celebrar una comparecencia de prisión, en donde se volverá a determinar en qué circunstancias queda esta persona.
Aunque la Policía lo detuvo por el incendio registrado en la vivienda y amenazas previas a la mujer, lo que llevó de hecho a la intervención de los Bomberos, en el atestado que finalmente se ha presentado en el juzgado no queda determinado claramente si ese siniestro fue intencionado en la vivienda.
Tal y como han confirmado a El Faro fuentes judiciales, se dictó auto de puesta en libertad, después de haber permanecido estas últimas 48 horas en los calabozos de la Jefatura Superior, pero a su vez se ordena a la Policía a que hoy mismo lo presente para la comparecencia en la que se debatirá sobre las medidas que se le imponen.
En cuanto a la responsabilidad en materia de violencia de género, por las amenazas vertidas, la víctima no declaró ni en sede policial ni tampoco quiso hacerlo en el juzgado de instrucción número 4, que es el competente en este tipo de materia delictiva.
A pesar de tener a sus espaldas cuantiosas detenciones previas (más de 30), al no constar denuncia en su contra ni haber pruebas por tanto de esas amenazas, se tuvo que proceder al archivo.
De esta manera se produce esta resolución judicial en torno a un caso de impacto mediático y social no solo por lo ocurrido en sí, sino también porque era el segundo de los sucesos de esta índole que tenía lugar con solo 48 horas de diferencia y en la misma barriada. En el primero de los casos, el detenido, que se atrincheró en su vivienda, ingresó en la cárcel de Mendizábal.
Los agentes del CNP actuaron rápidamente tras recibir las llamadas de vecinos que alertaban de lo que estaba pasando. En las inmediaciones de la casa detuvieron al varón, procediendo a su traslado a la Jefatura Superior. Mientras, la víctima era trasladada al hospital por inhalación de humo. El Cuerpo de Bomberos tuvo que desplazarse para controlar las llamas del incendio procediendo después a sacar el humo del interior del hogar.
Junto a las patrullas de la Policía Nacional acudieron las de la Local, mientras los vecinos intentaban también ayudar. Se evitó que las llamas afectaran a otras viviendas próximas. Como daño colateral quedaron los gatos afectados por la inhalación de humo que incluso fueron asistidos por los Bomberos. La hembra, presumiblemente madre de los demás felinos, murió.
Como dijo un famoso alcalde, del que no me quiero acordar: la Justicia es un....a maravilla, Tenemos Jueces y Juezas que tienen las cosas claras y confeccionan autos maravillosos que los delincuentes agradecen, Cuando estos maquiavélicos y poderosos repartidores de ¿Justicia? respondan de sus actos, otro gallo cantará.La Justicia es un...a maravilla.
Lo que pasa que sois tan ignorantes que os creéis todo lo que dice este periódico, que se ha metido en un lío ya que lleva 3 días de difamación de mi persona y la policía tiene un problema de detección ilegal ya que es mi casa yo no le prendi fuego, nadie me denuncia por ello y yo no denunció a nadie ,salvo al este periódico y a la policía, y el listo de atentado ecológico es un imB€cil sin celbreo
ARTÍCULO 492 LEY ENJUICIAMIENTO CRIMINAL «DETENCIÓN»
La Autoridad o agente de Policía Judicial tendrá obligación de detener:
A cualquiera que se halle en alguno de los casos del artículo 490.
Al que estuviere procesado por delito que tenga señalada en el Código Penal superior a la de prisión correccional.
Al procesado por delito a que esté señalada pena inferior, si sus antecedentes o las circunstancias del hecho hicieren presumir que no comparecerá cuando fuere llamado por la Autoridad judicial.
Se exceptúa de lo dispuesto en el párrafo anterior al procesado que preste en el acto fianza bastante, a juicio de la Autoridad o agente que intente detenerlo, para presumir racionalmente que comparecerá cuando le llame el Juez o Tribunal competente.
Al que estuviere en el caso del número anterior, aunque todavía no se hallase procesado, con tal que concurran las dos circunstancias siguientes: 1ª Que la Autoridad o agente tenga motivos racionalmente bastantes para creer en la existencia de un hecho que presente los caracteres de delito. 2ª Que los tenga también bastantes para creer que la persona a quien intente detener tuvo participación en él.
La justicia en España es un DESASTRE, este individuo tenía que ingresar directamente en la cárcel, en España los ciudadanos de bien corremos peligro, igual pasa con los ocupas, hace falta un reforma global de la justicia
Y tú eres español vete a tu país
Así va este país ….. de pandereta y sinvergonzonería etc etc . En cualquier país decente estaría en prisión hasta que decidiera el juez !!!!! En fin, justicia española….
Seguimos con incendios hasta cuando
Atentado contra la propiedad y riesgos para los vecinos y sus propiedades. Atentado ecológico y contra animales. Acumulación de detenciones contra el mismo individuo. Gastos por el servicio de extinción y fuerzas de seguridad. Alarma social en la barriada. Por favor, la comunidad de vecinos que lo denuncie. Y que revisen este caso.
Dios mio de mi vida cambio de leyes ya esto no puede seguir asi,hasta k no la mate no entra preso
Esto es de traca. ¿Prende fuego a una vivienda con personas dentro y queda en libertad ?
Algo me estoy perdiendo o la justicia en España de un tiempo a esta parte algo le pasa.