El tribunal de la Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta ha dejado visto para sentencia un juicio por un delito de estafa contra A.H.A., denunciada por haberse apropiado, supuestamente, de cuantiosas transferencias de dinero realizadas por una familiar lejana, responsable de una tienda de ropa a cambio de recibir mercancía exclusiva que sería trasladada a Ceuta desde el extranjero pero que nunca llegó. La denunciada, residente en Bélgica, se había ofrecido a ejercer de intermediaria para contactar con determinadas marcas de proveedores de difícil acceso. Fiscalía no acusa, pero sí está representada la Acusación Particular que, en su calificación inicial, solicita la imposición de 4 años de cárcel y multa de 12 meses con una cuota diaria de 20 euros. Además reclama la indemnización de más de 10.000 euros en concepto del dinero perdido por entregas que no obtuvieron respuesta en forma de llegada de mercancía.
El juicio se tuvo que suspender hace unas semanas por la incomparecencia de un testigo que era clave para la Acusación Particular, quien tampoco se ha personado este martes por encontrarse en Marruecos. La Acusación ha vuelto a pedir la suspensión ya que lo consideraba clave y podría no tardar mucho en regresar a nuestra ciudad por la “inminente apertura de la frontera”, hecho que ha sido denegado por lo que se ha dado paso a la lectura de los informes.
La Acusación Particular, la única que acusa en esta vista judicial, ha explicado que han quedado probados los hechos y que por lo tanto se ha desvirtuado la presunción de inocencia de la acusada. Ha hecho hincapié en que la víctima siempre ha mantenido la misma declaración por lo que ha sido consistente en el paso del tiempo. Asimismo incidió en que hay varios datos objetivos claros como: la transferencia de más de 10.000 euros en la cuenta de Bélgica de la acusada, una relación casi familiar y la devolución de esa transferencia para evitar ser denunciada. Además, por último, ha insistido en que la acusada se hizo pasar por una tercera persona a través de un correo electrónico y después, al preguntarle en el plenario, negó conocerla.
Por su parte, Fiscalía y Defensa han seguido la misma línea y han pedido la absolución de la acusada al no quedar acreditados los hechos. Han insistido en que los probados en el plenario no son constitutivos de un delito de estafa, además de no cumplir con los requisitos establecidos como un daño a terceras personas. Por último han aclarado que no se ha demostrado ni con la detección de la IP, ni a través de ningún perito, que la acusada se hiciera pasar por una tercera persona a través del correo electrónico.