La magistrada titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Ceuta ha condenado a uno de los dos ocupantes de un turismo que, en diciembre de 2019, fue interceptado por la Guardia Civil con casi 25 kilos de hachís en su interior. De las dos personas acusadas, se ha dictado condena solo para uno, el conductor llamado A.H.M., al considerar que contra el otro procesado no había indicios suficientes como para enervar su presunción de inocencia, ordenándose su puesta inmediata en libertad.
La droga estaba escondida en el filtro del aire del coche con el que se iba a embarcar con destino a la Península. En la sentencia dictada sobre este pase frustrado de drogas, a la que ha tenido acceso El Faro de Ceuta, se hace constar cómo el condenado era el conductor del coche, ostentando el dominio absoluto del hecho al ir conduciendo el vehículo donde estaba el hachís. En su declaración no pudo acreditar disponer de medios económicos, siendo estudiante de instituto que vivía bajo la manutención de sus padres. Ya la Audiencia ha plasmado en resoluciones judiciales que el indicio del hallazgo de droga en el vehículo conducido por un acusado es de entidad e importancia como para crear una apariencia de la autoría contra la que urge desplegar una actividad probatoria de suficiente peso como para destruir dicho indicio. La única excusa que aportó en el acto de juicio oral fue que desconocía la presencia de la droga y que conducía el vehículo por hacer un favor al otro acusado aprovechando de esta manera para pasar la fiesta de fin de año en Málaga.
Las versiones aportadas entraron en contradicción con las manifestaciones que se expusieron en la vista oral así como las ofrecidas en fase de instrucción. La pena por la que se le condena se fija en 3 años y 4 meses de prisión y multa de 38.291 euros. Contra el otro acusado, copiloto de ese coche que se acogió a su derecho a no declarar, se ha dictado sentencia absolutoria.