El Centro de Coordinación para la Vigilancia Marítima de Costas y Fronteras de la Dirección General de la Guardia Civil, encargado de la coordinación y el asesoramiento de la vigilancia fronteriza, las personas a las que le ha sido aplicada la Disposición adicional 10ª de la LO 4/2000 sobre los Derechos y Libertades de los extranjeros en España fueron 125 en Melilla, tanto en 2017 como en 2018, y 482 en Ceuta (en 2017) y 533 (en 2018).
Así consta en un documento de la Secretaría de Estado de Seguridad del Ministerio del Interior fechado el pasado 17 de diciembre, remitido a la senadora andaluza de Podemos Maribel Mora.
Paralelamente, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) considera que las devoluciones en caliente, defendidas y ejecutadas por el Gobierno en Ceuta y Melilla, son ilegales, mientras que la Comisión Europea considera que, “con arreglo a la Directiva relativa al retorno”, los migrantes irregulares sí “pueden ser devueltos a un país de tránsito en consonancia con un acuerdo o convenio de readmisión de la UE o bilateral” como el suscrito por España y Marruecos en 1992 que el 23 de agosto sirvió al Gobierno de Pedro Sánchez para expulsar a 113 de los 116 extranjeros (se quedaron dos menores y un herido) que el día anterior habían accedido en grupo y “con violencia” a la ciudad autónoma.
Una cifra irrisoria. Sólo para abrir titulares y justificar lo injustificable ante la ciudadanía.