La Defensa de Rabea Mohamed, quien fuera consejera de Bienestar Social con el Gobierno del PP y que dimitió tras el discurrir del ‘Caso Emvicesa’, ha presentado recurso de apelación para pedir que se deje sin efecto el auto reclamando el sobreseimiento libre respecto de los delitos de prevaricación administrativa, tráfico de influencias y malversación de caudales públicos con los que le relaciona.
El abogado Jorge Martín Amaya fundamenta su recurso en la aplicación errónea de la normativa en materia de adjudicación de viviendas en la promoción de las 170 VPO de Loma Colmenar, así como el peso que la juez ha dado a determinadas testificales de personas que, aclara la Defensa, pueden tener un interés en la causa.
El hecho de ser miembro de la Comisión le vincula con unas competencias que, en el fondo, no tenía para adjudicar viviendas de aquella promoción. La ordenanza de 2006 no es la que prevalecía sino que, a juicio de la Defensa de Rabea Mohamed, debe pesar el Acuerdo Marco entre Ciudad y Ministerio de 2007.
Las conclusiones a las que llega la Defensa en el caso de Rabea son extrapolables a la de su otra patrocinada, Susana Román, a la hora de concluir que es entendible que ambas no tuvieran constancia de la norma que debía aplicarse por cuanto ni las propias jurídicos de Emvicesa lo sabían ni, mucho menos, la que fuera gerente de la sociedad municipal, según se derivó de sus declaraciones como testigos en este procedimiento.
La exconsejera también tiene que responder ante un presunto delito de tráfico de influencias
En una reflexión de corte piramidal, la Defensa de Rabea Mohamed deja claro que si la Comisión no tiene competencias, ni tiene poder sobre adjudicaciones, difícilmente pueden serle imputados una serie de delitos a su patrocinada. En este asunto son coincidentes las tesis para Mohamed y Román. Pero la exconsejera Rabea también tiene que responder de un presunto delito de mayor impacto, al menos social: el de tráfico de influencias.
Se le acusa, en el auto de la juez Lucini, de haber participado en la adjudicación de una vivienda de cuatro dormitorios a favor de la mujer de su tío, sin que constara como demandante de vivienda. En su argumento la Defensa presenta un compromiso, a modo de prueba documental, del entonces subdirector general de la Vivienda, Antonio López, fechado mucho antes de que Rabea formara parte de la Comisión, para que se estudiara la situación de esa familia.
La familiar de Rabea “sí que estaba registrada como demandante de vivienda”, concluye la Defensa, desbaratando cualquier intento de ‘enchufe’ enmarcado en la política seguida en esa época.
“Hay un compromiso del entonces subdirector general de la Vivienda, Antonio López, de fecha 2 de marzo de 2010 a tenor del cual se comprometía a elevar a la Comisión Local de la Vivienda para su estudio la situación de esa familia en la promoción de las 170, un compromiso muy anterior inclusive a que Rabea Mohamed formara parte de la Comisión”.
Al rechazo a la existencia de la comisión de ese delito se suma el mismo para los de prevaricación administrativa o falsedad documental por cuanto no se cumplen las bases requeridas para que pueda entenderse la existencia de esas tipologías delictivas.
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