La operación se hizo cuando el vendedor tenía que afrontar una multa por una condena de la que era conocedor el comprador La Sala de lo Penal número Dos de nuestra ciudad acogió ayer un juicio en el que se trataba de dirimir la implicación en un delito de insolvencia punible de dos vecinos de nuestra ciudad. Finalmente, la vista quedó resuelta por la vía de la conformidad tras mostrarse ambos acusados de acuerdo con la petición de condena que para ellos elevó el representante del Ministerio Fiscal en base al citado delito.
Respecto a éste cabe destacar que es poco frecuente que se produzca y que, tal y como se recoge en el Código Penal Español, en concreto en el artículo 257, persigue a "quien con un fin concreto, realice cualquier acto de disposición patrimonial o generador de obligaciones que dilate, dificulte o impida la eficacia de un embargo o de un procedimiento ejecutivo o de apremio, judicial, extrajudicial o administrativo, iniciado o de previsible iniciación".
En el caso específico del litigio que acogió ayer el Juzgado de lo Penal número Dos, los dos condenados, cuya identidad responden a las iniciales H.M. y N.E., cometieron el mismo delito jugando un distinto papel: el primero como parte activa y el segundo como partícipe por cómplice.
De tal modo, cometieron la insolvencia punible en el instante en que el primero de ellos quiso vender el vehículo de su propiedad y a su nombre en los papeles, toda vez que fue condenado por otro caso (por tráfico de drogas) y debía dar su coche para afrontar parte de la multa que se le había impuesto y el segundo por acceder a la compra del coche, hecho que pensaron que le eximía a su compañero de dar el coche a la Justicia como forma de pago de la citada multa, a sabiendas de que estaba cometiendo un delito.
Por tal actuación, que acaeció el 3 de marzo de 2010, ambos fueron ayer condenados a un año de prisión y al pago de una multa de cinco euros al día durante doce meses, lo que se traduce en un total de 1.800 euros. No obstante, cabe especificar que la pena de cárcel quedó suspendida por un espacio de dos años, tiempo en el que no podrán cometer delito alguno porque de ser así ingresarían de inmediato en la misma para cumplir esta pena y además ser juzgados por el nuevo caso.