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Ceuta y Melilla no son colonias, enclaves, presidios ni territorios ocupados

Las ciudades autónomas, Alhucemas, Vélez de la Gomera y Chafarinas son territorios españoles con una historia y una realidad jurídica que no encajan con determinadas denominaciones, tal y como explica el Observatorio de Ceuta y Melilla

Por Isabel Jiménez
03/08/2026 - 15:00
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Imagen de archivo

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Ceuta, Melilla, el peñón de Alhucemas, el peñón de Vélez de la Gomera y el archipiélago de las Chafarinas son territorios españoles cuya trayectoria histórica está estrechamente relacionada con España.

A pesar de ello, todavía se utilizan en ocasiones expresiones que no reflejan de manera adecuada su realidad histórica, jurídica o geográfica, según el Observatorio de Ceuta y Melilla.

Entre esas denominaciones aparecen las de 'colonias', 'enclaves', 'presidios' o 'territorios ocupados'. Analizar el significado de estos términos permite entender mejor la situación de Ceuta, Melilla y los territorios españoles del norte de África y evitar interpretaciones alejadas de su realidad.

Ceuta, Melilla y los territorios españoles no son colonias

Ninguno de estos territorios españoles aparece en la lista de territorios no autónomos de Naciones Unidas. Esta relación recoge aquellos territorios que permanecen pendientes de descolonización dentro del marco establecido por la organización internacional.

Ceuta, Melilla, Alhucemas, Vélez de la Gomera y Chafarinas no figuran en esa relación. Por ello, no están considerados colonias ni sometidos a un procedimiento de descolonización en Naciones Unidas.

La situación de Ceuta y Melilla debe entenderse, por tanto, desde su propia trayectoria histórica y jurídica. Lo mismo sucede con Alhucemas, Vélez de la Gomera y Chafarinas, cuya vinculación con España se remonta a distintos momentos históricos.

Ceuta y Melilla tampoco son enclaves

Otra denominación habitual es la de 'enclaves'. Sin embargo, desde el punto de vista geográfico, un enclave es un territorio completamente rodeado por otro Estado, circunstancia que no se produce en Ceuta ni en Melilla.

Ceuta y Melilla cuentan con costa y salida directa al Mediterráneo, mientras que los peñones de Alhucemas y Vélez de la Gomera y el archipiélago de las Chafarinas también tienen contacto directo con el mar Mediterráneo.

Esta característica resulta relevante para comprender que Ceuta y Melilla no responden a la definición geográfica de enclave. Los territorios españoles situados en el norte de África mantienen comunicación marítima con el resto de España.

Por ello, aunque la palabra 'enclave' pueda emplearse coloquialmente para describir su posición geográfica, no constituye una definición precisa de Ceuta, Melilla, Alhucemas, Vélez de la Gomera y Chafarinas.

El término 'presidio' pertenece al pasado

La palabra 'presidio' está relacionada con una parte concreta de la historia de estos territorios. Algunos de ellos acogieron prisiones o instalaciones militares durante determinados periodos.

Sin embargo, esa función histórica no puede utilizarse para definir actualmente a Ceuta y Melilla ni al resto de territorios españoles mencionados. Su evolución histórica ha sido mucho más extensa y compleja.

Reducir la historia de Ceuta, Melilla, Alhucemas, Vélez de la Gomera y Chafarinas a su utilización como lugares de presidio supone identificar estos territorios únicamente con una etapa concreta de su pasado.

La realidad actual de Ceuta y Melilla, así como la de los peñones y las Chafarinas, no puede explicarse exclusivamente a partir de esa función histórica.

Tampoco son 'territorios ocupados'

Otra expresión que se utiliza para referirse a Ceuta y Melilla es la de 'ciudades ocupadas' o 'territorios ocupados'. Sin embargo, esta denominación tampoco describe adecuadamente su trayectoria histórica.

La relación de estos territorios con España se prolonga durante varios siglos y, en determinados casos, se remonta a épocas anteriores al nacimiento de Marruecos como Estado independiente en 1956.

La localización de Ceuta y Melilla en el norte de África no determina por sí misma la soberanía sobre ambos territorios. Del mismo modo, la proximidad geográfica a Marruecos no constituye automáticamente un argumento para modificar o cuestionar su pertenencia a España.

La geografía y la soberanía no siempre coinciden en las fronteras internacionales. Existen diferentes casos en el mundo en los que un territorio pertenece a un Estado pese a encontrarse próximo a las costas o fronteras de otro país.

Una historia vinculada a España

Ceuta, Melilla, Alhucemas, Vélez de la Gomera y Chafarinas forman parte de la historia de España y presentan cada uno una evolución histórica particular.

No se trata de territorios idénticos ni con una trayectoria exactamente igual. Cada uno cuenta con sus propias características, pero todos comparten una vinculación histórica con España que debe analizarse teniendo en cuenta su evolución y su realidad actual.

Por ello, Ceuta y Melilla y el resto de territorios españoles del norte de África no pueden definirse de manera precisa mediante conceptos como 'colonias', 'enclaves', 'presidios' o 'territorios ocupados'.

Conocer la historia de Ceuta, Melilla, Alhucemas, Vélez de la Gomera y Chafarinas permite acercarse a su realidad desde una perspectiva histórica, geográfica y jurídica, evitando términos que pueden simplificar una cuestión mucho más amplia y compleja.

Tags: HistoriaMarruecosMelilla

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Comments 2

  1. The One comentó:
    hace 39 minutos

    Da igual; esto no va de justificar nada

    Responder
  2. Div B = 0 comentó:
    hace 2 horas

    A propósito de las afirmaciones vertidas en su artículo sobre el estatus histórico y jurídico de Ceuta, es imprescindible precisar una serie de hechos históricos y del Derecho Internacional que contradicen la narrativa presentada.
    1. Marruecos no nació en 1956: Continuidad estatal e Imperio Jerifiano
    Afirmar que Marruecos es un Estado "creado en 1956" supone ignorar la historia del norte de África. En 1956 finalizó el régimen del Protectorado y se restituyó la independencia, pero la continuidad del Estado marroquí —el Imperio Jerifiano— es milenaria (desde la dinastía idrisí en el siglo VIII, seguida por almorávides, almohades, meriníes, saadíes y alauíes).
    La Dinastía Alauita gobierna Marruecos de forma ininterrumpida desde 1631. A modo de comparación histórica, la Casa de Borbón no llegó al trono de España hasta 1700. Asimismo, bajo el Tratado de Fez de 1912, ni Francia ni España anexionaron el país: se estableció un Protectorado que reconocía explícitamente la soberanía del Sultán. En la zona norte, España ejercía la administración a través de la figura del Jalifa (representante del Sultán, como el Jalifa Mulay el Mehdi, cuya memoria y mezquita permanecen precisamente en Ceuta).
    2. El mito de los "cuatro siglos de españolidad" y el Tratado de Wad-Ras (1860)
    El argumento de que la totalidad del territorio actual de Ceuta ha sido español durante siglos es jurídicamente falso:
    • El núcleo histórico (1640): La plaza transferida de Portugal a España en el siglo XVII se limitaba a la pequeña península de Almina, el Monte Hacho y el recinto fortificado por las Murallas Reales (lo que representa apenas entre un 20% y un 30% del término municipal actual).
    • La anexión decimonónica (1860): El 70% u 80% restante de la Ceuta moderna (el denominado Campo Exterior, que se extiende hacia la Sierra de Anyera) no es ninguna posesión inmemorial. Fue obtenido mediante una guerra de expansión imperialista en el siglo XIX (la Guerra de África o de Tetuán) y forzado mediante el Tratado de Wad-Ras (1860) . Al finalizar el Protectorado en 1956, España se retiró del norte de Marruecos pero retuvo este perímetro anexionado en 1860.
    3. La ausencia en la lista de la ONU: Ardid administrativo y reclamación formal
    Es habitual recurrir al argumento de que "Ceuta y Melilla no están en la lista de Territorios No Autónomos del Comité de Descolonización (Comité de los 24) de la ONU" para negar su naturaleza colonial. Este argumento oculta deliberadamente la realidad histórica y jurídica:
    • La omisión unilateral de la potencia administradora (1960): Cuando la ONU elaboró la lista de descolonización bajo la Resolución 1514 (XV), España notificó sus territorios coloniales (Sáhara Español, Ifni, Fernando Poo y Río Muni), pero omitió intencionadamente a Ceuta y Melilla bajo la etiqueta interna de "Plazas de Soberanía". Que una potencia colonial no declare un territorio ante la ONU no elimina automáticamente la naturaleza colonial de dicha presencia en un continente extranjero.
    • La petición formal de Marruecos ante la ONU (1975): Es rotundamente falso que Marruecos haya aceptado este listado. El 27 de enero de 1975, la Misión Permanente de Marruecos ante las Naciones Unidas presentó un memorándum oficial (Doc. A/AC.109/475) solicitando formalmente al Comité Especial de Descolonización que incluyera a Ceuta, Melilla y los islotes adyacentes (Alhucemas, Peñón de Vélez y Chafarinas) en la lista de territorios no autónomos.
    • Estrategia diplomática previa ("Espíritu de Barajas"): En los años 60, Marruecos priorizó tácticamente la descolonización de Sidi Ifni (restituido en 1969) y del Sáhara antes de abrir frentes simultáneos. España aprovechó esa pausa diplomática para bloquear la inclusión de Ceuta y Melilla en las agendas multilaterales.
    • El artificio de la ciudadanía e integración: Alegar que "tienen estatuto de autonomía y sus habitantes son españoles" no invalida una reclamación territorial. De la misma forma que el Reino Unido convirtió a Gibraltar en territorio de ultramar con autogobierno, la concesión unilateral de estatus administrativo interno por parte de la potencia administradora no altera la falta de integridad territorial del Estado continental agredido.
    4. La paradoja de Gibraltar: Tratado de Utrecht vs. Tratado de Wad-Ras
    Existe una contradicción lógica e insostenible en el discurso nacionalista español cuando se compara Ceuta con Gibraltar:
    • Gibraltar: España cedió el peñón a la Corona británica en 1713 mediante el Tratado de Utrecht. Sin embargo, España sostiene incansablemente ante las Naciones Unidas que Gibraltar es un anacronismo colonial en suelo europeo, exigiendo su restitución y denunciando la ocupación ilegal del istmo adyacente por parte del Reino Unido.
    • Ceuta: Al mismo tiempo, España utiliza el Tratado de Wad-Ras de 1860 para justificar la anexión y retención del Campo Exterior en el continente africano como "suelo nacional e indiscutible".
    Si España defiende que un tratado internacional de cesión (Utrecht) no impide exigir la descolonización de un enclave situado en su geografía continental, resulta jurídicamente hipócrita negar esa misma lógica a Marruecos respecto a sus enclaves costeros en África.

    Responder

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