El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el anteproyecto de ley que modifica la Ley 28/2005, de medidas sanitarias frente al tabaquismo, con el objetivo de reforzar la protección de la salud de la población y adaptar la normativa a los cambios en los patrones de consumo y en el mercado de productos del tabaco y relacionados. La reforma se enmarca dentro del Plan Integral de Prevención y Control del Tabaquismo 2024-2027, y busca responder tanto a la evidencia científica como a las aportaciones recogidas durante el proceso de consulta pública.
El texto introduce medidas de prevención y protección, especialmente para los colectivos más vulnerables, como la población joven, y regula por primera vez productos que hasta ahora no tenían normativa específica, incluyendo vapers, bolsitas de nicotina, productos de hierbas para fumar y dispositivos de consumo de productos calentados. Según el Ministerio, estos productos “quedarán sometidos a las mismas restricciones legales que el tabaco convencional”, garantizando la protección de la salud y la coherencia legal frente a la proliferación de nuevos productos.

Nuevos espacios libres de humo
El anteproyecto amplía los espacios donde está prohibido fumar. Entre los nuevos entornos, se incluyen:
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Terrazas de bares y restaurantes.
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Vehículos comerciales y transporte con conductor.
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Piscinas públicas.
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Campus universitarios.
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Estaciones de transporte público.
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Parques infantiles y zonas culturales o deportivas.
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Exteriores de centros sanitarios, educativos y sociales.
De esta forma, se busca proteger a la población más vulnerable y reducir la visibilidad del consumo, especialmente entre los menores y adolescentes. Además, se mantiene la obligación de señalización visible para informar de la prohibición de fumar en todos estos espacios.
Prohibición de consumo por menores y nuevos productos
Por primera vez, la ley prohíbe expresamente el consumo de tabaco y productos relacionados por parte de menores de edad, no limitándose únicamente a la venta o entrega. Según el texto, los menores que consuman estos productos estarán sujetos a sanciones, siendo responsables subsidiarios sus padres o tutores.
Asimismo, se prohíbe la venta de vapers de un solo uso, tanto por su impacto ambiental como por su accesibilidad a la población joven. El anteproyecto establece que todos los productos relacionados con el tabaco deberán cumplir obligaciones de etiquetado e información, incluyendo el contenido de nicotina y sus características.

Publicidad, promoción y patrocinio
El anteproyecto incorpora un nuevo capítulo sobre publicidad, promoción y patrocinio, que extiende las restricciones a todos los productos relacionados con el tabaco. Se prohíbe cualquier forma de publicidad directa o indirecta, incluyendo medios impresos, audiovisuales, digitales y redes sociales, así como la distribución de muestras o descuentos.
También queda prohibido el patrocinio de actividades, eventos o contenidos por parte de empresas del sector y la aparición de marcas vinculadas a estos productos en festivales, publicaciones o actividades culturales y deportivas, tanto presenciales como digitales.
Observatorio para la Prevención del Tabaquismo
El anteproyecto restablece el Observatorio para la Prevención del Tabaquismo, un órgano de coordinación interadministrativa que permitirá el seguimiento y evaluación de las políticas públicas en materia de tabaquismo. Este observatorio había sido suprimido en 2014 y su creación responde a la necesidad de reforzar la gobernanza en la lucha contra el tabaquismo.
Sanciones
La futura ley incluye un régimen sancionador actualizado, que clasifica las infracciones en leves, graves y muy graves:
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Leves (100 a 600 euros): fumar o consumir productos relacionados en lugares prohibidos, venta a menores, consumo por menores o no señalizar correctamente los espacios.
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Graves (601 a 10.000 euros): habilitar zonas para fumar en lugares prohibidos, acumulación de infracciones, comercialización de productos no permitidos o distribución gratuita de tabaco y productos relacionados.
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Muy graves (10.001 a 600.000 euros): publicidad, promoción y patrocinio de tabaco y productos relacionados, incluidos medios digitales.
Se establece además un periodo transitorio de 12 meses para que fabricantes y comercios adapten sus productos y existencias al nuevo marco legal.
Con este anteproyecto, el Gobierno busca reforzar la prevención, proteger a los menores y crear un marco normativo coherente frente a los nuevos productos relacionados con el tabaco, cumpliendo con los objetivos del Plan Integral de Prevención y Control del Tabaquismo 2024-2027 y las recomendaciones internacionales en materia de salud pública.







La gente que vaya a los bares y a los restaurantes para comer, beber y hablar sin molestar a los demás. Para fumar que se queden mejor en su casa y así no molestan a nadie
Magnífico lo que dices de bares y restaurantes en dos años no te preocupes que ya no quedará ni una para que vayas
Genial.¡¡ Por fin no tendremos que aguantar que nos echen el humo mientras disfrutamos en una terraza.
Esperemos que se cumpla y se haga cumplir, sobretodo en el Hospital, tanto dentro como afuera, que hay trabajadores que fuman en los pasillos sin que nadie les diga nada.
Lo de las terrazas de los bares y restaurantes esta muy bien porque por fin los no fumadores y los que tenemos hijos pequeños vamos a poder disfrutar de las terrazas.
Ademas de las piscinas tendrian que prohibir fumar en la playa que como te toque una chimenea al lado tú y tus hijos os tragais el humo entero.