La factura electrónica ha protagonizado el segundo de los Desayunos Tecnológicos, un formato que ha reunido en Ceuta a empresarios y especialistas para exponer e intercambiar pareceres en torno a temas que resultan de interés para el empresariado en el entorno digital.
En esta ocasión, Sylvia Espelt, abogada y asesora fiscal, ha expuesto de manera práctica y amena, los pormenores y peculiaridades que presenta la factura electrónica en el contexto de la Ley Crea y Crece, desgranando, a grandes rasgo, en qué consisten las novedades que implica esta nueva ley que afecta a la facturación electrónica -que, en principio, era obligatoria a partir de enero de 2025 aunque desde la Administración General del Estado se han ampliado plazos- una normativa que facilita en gran medida los trámites para la creación de empresas, y que generaliza el uso de la factura electrónica en las transacciones en las que intervengan empresarios y profesionales.
En un contexto donde la digitalización es fundamental para la eficiencia y la competitividad empresarial, la Ley Crea y Crece establece la facturación electrónica como un mecanismo obligatorio para reducir la morosidad y aumentar la transparencia en las operaciones comerciales.
La transformación digital en los procesos empresariales
Espelt ha destacado que era preciso contextualizar en el momento de transformación digital que estamos con dos herramientas que en breve van a entrar en vigor, que son la facturación electrónica y Verifactu, que son el puente hacia un proyecto todavía más ambicioso, que es la facturación electrónica a nivel de la Unión Europea.
Adelantó que las empresas que ya han tenido alguna relación con la administración, han tenido contacto con este formato de factura, pues desde 2015 todas las relaciones con la Administración deben ser con facturas electrónicas cuando son contratos superen los 5.000 euros, “pero es cierto que el resto de empresas no están preparadas ni adaptadas y necesitan formación, no algo complicado, pero sí es cierto que son aplicaciones específicas que cualquier error que cometamos a la hora de la facturación electrónica no te permite rectificar, con lo que hay que emitir una nueva factura, pues son registros que se quedan”, ha manifestado.
Esos protocolos administrativos previos son los que las empresas tienen que adaptar, si bien aclaró que esta facturación no está destinada a los pequeños comerciantes; de hecho, “la factura electrónica es obligatoria en relaciones fiscales entre empresarios, no entre empresarios y clientes finales, por lo que no se verán afectados”, ha señalado.
Si es verdad que hay ciertos sectores que son de especial trascendencia económica que van al cliente final y sí que van a estar obligados a la factura electrónica, como las agencias de viajes, por ejemplo, que no tengan una facturación de más de 6 millones de euros, como marcan las de “especial trascendencia”, pero sí tengan que realizarla a sus clientes, pero unicamente cuando el servicio se contrate a nivel online.
Espelt contextualizó el momento de la transformación digital y en el aspecto fiscal no es una excepción. “En este contexto España ha sido pionera a nivel de digitalización a nivel fiscal. “Conocéis el sistema Esign , que comenzó el 2015, era otro reporte fiscal. Prácticamente en tiempo real, el contribuyente informa de los datos de facturación, tanto facturas emitidas como recibidas” recordó a los asistentes.
Ahora vamos hacia un paso más adelante con las dos herramientas que van a entrar en vigor en breve: Verifactu y la factura electrónica, y que son un puente a un proyecto más ambicioso, que es unificar a nivel europeo la facturación con el objetivo de, por un lado, prevenir el fraude fiscal y, por otro, combatir la morosidad.
En 2017 comenzó eSign, que fue un adelanto de Verifactu, que empieza a entrar en vigor para fabricantes de software el 29 de julio 2025; para empresarios han dejado un poco más de margen: 1 junio/1 julio de 2026, “porque al final Hacienda no va a estar adaptada para este aluvión de facturas”, ha argumentado la abogada para explicar esta ampliación de fechas.
“Para la factura electrónica han dejado un plazo más, pero estas fechas son provisionales, pues falta el desarrollo reglamentario, y partir de que este desarrollo reglamentario salga, tendremos 12 meses para adaptar las empresas que facturen menos de 8 millones y 24 meses para las empresas que facturen más de esta cantidad”, ha aclarado El proyecto la globalización fiscal europeo se iniciaría en 2028 y finalizaría en 2025.
Con la factura electrónica, ha destacado, los procesos administrativos serán más ágiles, se eliminará la factura en papel, se facilitará la labor de archivo (que será digital), y la trazabilidad también será más clara en cuanto a cuándo se emite la factura, importe, plazo de pago, a quien va y así se reduce la morosidad, también se eleva el control, evitando el fraude y, a la larga, eliminando trámites con las administraciones en cuanto a presentación de impuestos y declaraciones.
Tras la exposición de la abogada, se creo un espacio de preguntas y respuestas de los empresarios hacia Espelt conde se han expuesto las dudas relacionadas con el funcionamiento y los plazos que comporta el uso, en breve obligatorio, para las empresas y autónomos, de la facturación electrónica, las cuales giraban en torno a los habituales fraudes de correo (al tener una notificación electrónica por mail), el tema del Ipsi, o el procedimiento para incluirlo en sus trámites. Así, el evento proporcionó a los asistentes las claves para integrar esta herramienta en su día a día.
Ley Crea y Crece
La Ley Crea y Crece o de creación y crecimiento de empresas es la normativa que persigue agilizar la constitución de nuevas sociedades mercantiles, reduciendo obstáculos regulatorios. Además, introduce novedades para luchar contra la morosidad e impulsar el crecimiento y expansión del tejido societario en España, con iniciativas como la factura electrónica obligatoria para todos los intercambios entre empresarios y profesionales.
Esta obligatoriedad de la factura electrónica entre empresas permite digitalizar las relaciones empresariales y facilitar el acceso a la información de los términos de pago entre empresas para luchar contra la morosidad comercial, uno de los objetivos de la ley.
Esta nueva ley, con respecto a la facturación, se generaliza el uso de la factura electrónica en operaciones entre empresarios y profesionales como medida de digitalización empresarial, así como mecanismo de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. Entender la facturación electrónica e introducirla en su negocio se convierte, de esta manera, en una necesidad improrrogable.