La magistrada titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Ceuta ha condenado a un súbdito argelino identificado como F.B. por un delito de robo con intimidación en grado de tentativa a una pena de 18 meses de prisión que deberá cumplir.
Precisamente la agravante de reincidencia es la que ha pesado para que la Fiscalía se opusiera a una posible suspensión de la condena. Fue el mismo criterio que lo llevó a prisión preventiva tras su puesta a disposición judicial el pasado 20 de agosto.
F.B. ya fue condenado por el Juzgado de lo Penal 1 por otro delito similar y consumado. Aunque en este no terminó de llevarse a efecto, se ha evidenciado esa reiteración en las prácticas delictivas del mismo corte.
El acusado, que fue conducido esposado por la Policía Nacional, reconoció los hechos y asumió la pena impuesta por la magistrada, lo que evitó la celebración de la vista oral que había sido señalada para este jueves al aplicarse la figura jurídica de la conformidad.
¿Qué es lo que sucedió?
F.B. asumió que en la noche del 20 de agosto se encontraba en las inmediaciones de la playa de Benítez, en donde intimidó a otro compatriota residente en el CETI para apropiarse, sin éxito, de su teléfono móvil.
Dijo que lo iba a matar mientras le increpaba utilizando para ello una llave.
La Policía Nacional lo detuvo y al día siguiente entró en prisión preventiva, ya que contaba con antecedentes, además de que, siendo un súbdito argelino, existía el riesgo de fuga y reiteración delictiva si era puesto en libertad.
El joven, que necesitó de la ayuda de un intérprete, escuchó la relación de hechos probados, los reconoció y atendió así la condena impuesta, algo rebajada respecto de la inicialmente solicitada por la Fiscalía de dos años de cárcel.
LAS LEYES NO SE ENTIENDEN PARA TODOS LOS DELITOS EN GENERAL