Una de las acusaciones populares personadas en la causa abierta a instancias de la Fiscalía por la devolución al país vecino en agosto del año pasado de 55 menores marroquíes no acompañados al margen de lo previsto en la Ley de Extranjería, la Red Española de Inmigración y Ayuda al Refugiado, ha presentado un recurso de reforma contra el auto de inadmisión de más diligencias previo al de procedimiento abreviado con el que la instructora de la causa ha acordado llevar a juicio oral a la exdelegada del Gobierno en Ceuta, Salvadora Mateos, y a la vicepresidenta primera de la Ciudad, Mabel Deu, por presunta prevaricación administrativa continuada.
En su escrito la entidad vuelve a pedir que se cite a declarar como testigo al presidente de la Ciudad, Juan Vivas, y reprocha a la jueza que sus argumentos para desestimar tal solicitud son “una exculpación más política que jurídica”.
La Red instó a llamar al político porque, desde su punto de vista, “una concertación entre la Vicepresidencia de la Ciudad y la Delegación del Gobierno para delinquir, tal y como sostiene el Ministerio Fiscal, es muy difícil que se realice sin la participación del presidente de la Ciudad, máxime cuando hay constancia fotográfica de las reuniones con el Gobierno de Madrid en las que se encuentra presente tanto la vicepresidenta como el presidente de la Ciudad Autónoma de Ceuta”.
Sin embargo, la magistrada desestimó la petición de citar al líder del Ejecutivo local al entender que “su declaración debería llevarse a cabo no en calidad de testigo sino de investigado, pero lo cierto es que ni de la documental ni de las declaraciones de las investigadas o testigos se deducen indicios de criminalidad contra el mismo”.
Para esta acusación popular “la denegación de la prueba carece de fundamento puesto que determina que ni de la documental ni de la testifical se deducen indicios de criminalidad, siendo prácticamente imposible que ‘el acuerdo’ entre una delegada del Gobierno en Ceuta y una vicepresidenta del Gobierno de Ceuta y consejera de Presidencia se realice sin el conocimiento directo del presidente de la Ciudad autónoma, máxime cuando las expulsiones de los menores fue pública y ampliamente difundida por los medios de comunicación”.
Lejos de lavarse las manos, Vivas no solo ha reconocido haber tenido conocimiento de todo lo que hizo Deu de la mano de Mateos para deportar a los niños que permanecían acogidos en el Polideportivo Santa Amelia tras la crisis de mayo: "Insté, conocí y autoricé todas las actuaciones llevadas a cabo por la vicepresidenta Deu en el asunto de referencia”, dejó claro el presidente en junio tras conocer la imputación de su consejera.
"Estamos convencidos”, amplió el Ejecutivo local pese a las reiteradas sentencias en contra que por la vía de lo Contencioso-Administrativo ya ha acumulado, “de que actuamos con total honestidad, de manera conjunta y coordinada con la Administración General del Estado, al amparo de una norma legal en vigor -el convenio suscrito entre España y Marruecos- y en beneficio del interés del menor. Todo ello para responder a una emergencia humanitaria que desbordaba nuestras capacidades de acogida y que estaba provocada por una situación sin duda excepcional”.
A juicio de la jueza, de la instrucción practicada concluye que la actuación de Mateos y Deu puede ser constitutiva de un delito continuado de prevaricación administrativa con la exdelegada como autora directa (era la competente para la ejecución de las repatriaciones de menores foráneos sin compañía) y la vicepresidenta de la Ciudad como cooperadora necesaria, ya que tenía las competencias de protección a la infancia.
La Red ha solicitado que, además de Vivas, también sean llamados a declarar como testigos el director de Aministía Internacional, Esteban Beltrán; los coordinadores de Save The Children, Cruz Roja, Samu y Engloba; y el interventor de la Ciudad “encargado de la fiscalización de los contratos de urgencia formalizados” para atender a los niños migrantes solos que se quedaron en Ceuta.
Además, esa acusación popular ha requerido de nuevo que se pidan al Gobierno de Ceuta los informes de seguimiento de las actividades realizadas en los centros de acogida de menores desde mayo hasta ahora, las actas de la Comisión de Atención a la Infancia, los contratos de prestación de servicios formalizados con distintas oenegés, las llamadas realizadas y los mensajes intercambiados por Deu con “cualquier cargo del Gobierno de España” y “cualquier informe jurídico realizado por los servicios de la Ciudad sobre la expulsión de menores”.
La instructora de la causa de los menores deportados sin atender al procedimiento establecido en la Ley de Extranjería que el Acuerdo entre España y Marruecos de 2007 al que apelan las encausadas exige observar al detalle ha desestimado buena parte de las documentales y testificales solicitadas por la defensa de Deu y una de las acusaciones populares porque “es en la fase del plenario cuando se desarrolla la prueba en sentido estricto, pudiendo por tanto las partes entonces ejercitar su derecho a solicitar la práctica de las pruebas que estimen oportunas para sustentar sus respectivas pretensiones”.
Tras medio año de pesquisas, la magistrada dictó su auto de procedimiento abreviado recordando que limitar temporalmente la instrucción “responde a la necesidad de garantizar el derecho que tiene el investigado a que su inocencia no se cuestione durante un tiempo inaceptable”.
Entre las pruebas desestimadas está la citación como testigos que propuso la vicepresidenta primera del ministro del Interior, Fernando Grande Marlaska, y de su secretario de Estado de Seguridad, Rafael Pérez. En ambos casos se ha entendido que las gestiones que hicieran “no empecen ni sustituyen a los trámites administrativos” establecidos en la Ley de Extranjería a los que Mateos y Deu deberían haberse ceñido.
Tampoco se ha aceptado llamar (intentar, pues no se saben ni sus nombres) a los representantes marroquíes que acudieron a la reunión en el Tarajal en la que la jefa de Menores, Toñi Palomo, reiteró, esta vez verbalmente, que se estaba planeando un atropello de la normativa nacional e internacional.
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