Vivas, tras la condena de Deu: "Sigo creyendo en su inocencia"

El presidente de la Ciudad avala el comportamiento que tuvo su número 2, que lo extiende a la delegada del Gobierno, Salvadora Mateos, quien no ha sido defendida por la institución de la plaza de los Reyes

Primera reacción oficial tras publicarse la sentencia condenatoria de la ex número 2 del Gobierno de Juan Vivas, Mabel Deu, por la devolución de menores que habían accedido a Ceuta desde Marruecos, coincidiendo con la entrada masiva.

En un comunicado oficial, el presidente de la Ciudad, Juan Vivas, indica que “respeta y acata la sentencia”, pero “sigo creyendo en la inocencia de la señora Deu y de la señora Mateos”.

“Como tantas veces he manifestado, conocí, compartí y respaldé las actuaciones llevadas a cabo estando todos convencidos de que se actuaba al amparo de la ley y atendiendo al interés superior del menor, en una situación de emergencia humanitaria nunca antes conocida”, detalla.

Ley de extranjería

“El colapso prolongado que estamos viviendo en el área de Menores de la Ciudad, la imposibilidad de evitar las entradas, la inviabilidad práctica de los retornos y las dificultades para efectuar los traslados a la península con la agilidad requerida, inducen a pensar en la necesidad de plantear una reforma de la normativa aplicable en materia de extranjería”, añade.

Por parte de la Delegación del Gobierno no ha habido declaraciones ni se ha respaldado a Mateos. Tampoco ha habido reacción del Gobierno de España a pesar de que el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, apoyó el procedimiento.

El tribunal de la Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta ha condenado a la exdelegada del Gobierno, Salvadora Mateos, y a quien fuera número 2 del Ejecutivo local, Mabel Deu, por un delito de prevaricación administrativa tras la devolución de 55 menores a Marruecos, que habían accedido durante la entrada masiva de mayo de 2021.

La pena impuesta, tal y como adelantó este periódico, es de 9 años de inhabilitación especial para cargos públicos aunque sean electivos, estatal, autonómico o local así como para el ejercicio de funciones de gobierno en ámbito estatal, autonómico o local. También inhabilitación para derecho sufragio pasivo 9 años y pierden honores anejos e inherentes los cargos que desempeñaban en el momento de los hechos.

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