El Tribunal Penal de Apelación de Rabat dictó, en la noche de este jueves al viernes, sentencias que van de 20 a 10 años de prisión contra los tres acusados en el caso de la violación de la niña Sana, en las afueras de la ciudad de Tiflet (al noroeste de Marruecos).
El tribunal falló en contra del primer acusado (A.D.) a 20 años de prisión, después de la calificación de los cargos en su contra. Mientras que el tribunal falló en contra de los acusados (Y.Z.) y (K.A.) a 10 años de prisión para cada uno de ellos.
También ordenó que el primer acusado pagara una indemnización de 60.000 dirhams y 40.000 dirhams para cada uno de los demás condenados en beneficio del demandante civil.
La mesa judicial había escuchado en sesión confidencial a la niña víctima que afirmó haber sido violada por los tres perpetradores, así como a la testigo que acudió al juzgado con un supervisor social en el marco de acompañamiento y apoyo.
El tribunal también escuchó a los tres acusados, quienes negaron todos los cargos en su contra.
En su alegato, el representante del Ministerio Público consideró que “la sentencia inicial dictada en esta catástrofe fue acertada al condenar a los imputados y coincidimos con ella, mientras disentimos de la Sala Penal de Primera Instancia en su apreciación de la pena y la goce de los procesados con atenuantes”, buscando en este contexto “sustento de la sentencia preliminar en su condena y firma”.
En cuanto a la defensa de la víctima, buscó elevar al máximo la sentencia dictada en primera instancia contra los imputados, y también solicitó una indemnización mensual en concepto de pensión alimenticia en beneficio del recién nacido hasta que cumpla la mayoría de edad. Mientras que la defensa de los acusados buscó la absolución de los tres sospechosos, y les proporcionó circunstancias atenuantes cautelares en beneficio de la duda.
El pasado mes de marzo, la Sala Penal de Primera Instancia del mismo juzgado había dictado sentencia prejudicial condenando a los imputados y sancionando al primer imputado con dos años de prisión, y al segundo y tercero con dos años de prisión dentro del límite de 18 meses, y suspendido en los demás por el delito de “engaño a menor con fraude y atentado al pudor con violencia con resultado de desfloración”, en base al Código Penal.
Este fallo inicial generó una ola de indignación entre activistas de derechos humanos y civiles preocupados por los derechos de las mujeres y los niños, quienes consideraron que este fallo era "injusto y afecta la protección de los niños y las mujeres", y pidieron penas más duras para los autores de estos delitos.
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