Ante las tantas dudas que han surgido en torno al DNI en el móvil, la Policía Nacional aclara algunas de las preguntas más frecuentes que se hacen los ciudadanos, incluyendo los vecinos de Ceuta.
Lo primero que se destaca en el vídeo explicativo que han colgado en sus redes sociales es que “será obligatorio aceptar MiDNI a partir del 2 de abril de 2026” y a continuación se responden a una serie de interrogantes.
¿Puedo alojarme en un hotel si he olvidado mi DNI físico, pero lo llevo en el móvil con la aplicación? La respuesta de la Policía es afirmativa, añadiendo que también se puede alquilar un vehículo.
¿Me sirve para autenticar mi identidad en otros países? La Policía Nacional ha respondido que esto es falso aclarando que “solo es válido para acreditar la identidad en España de manera presencial”.
¿Está permitido firmar escrituras ante notario? La respuesta a esta pregunta es que sí y que “además puedes establecer cualquier tipo de relación jurídica”.
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¿Puedo usarlo para viajar al extranjero? A esta interrogante frecuente la respuesta es que no puede emplearse para este fin. “Aún no tiene validez para cruzar fronteras, pero para lo que sí podrías utilizarlo es para comprar tus billetes de tren o avión?
¿Me vale para acceder a un concierto o al teatro? De acuerdo con la explicación que ofrece la Policía Nacional, sí puede usarse para eso “así como para pasar el control de acceso a cualquier edificio”.
¿En las farmacias pudo coger mis medicamentos con mi receta y el DNI en el móvil? La Policía Nacional informa que “es posible que recojas la medicina que tienes prescrita con la App MiDNI”.
¿Puedo ir a votar? La respuesta es sí. “Puedes ejercer tu derecho al voto presentando el DNI en el móvil para que puedas identificarte”.
Sobre el DNI digital
Hay que recordar que en abril de este mismo año, el Consejo de Ministros aprobó un real decreto para regular el proceso de expedición, gestión y desarrollo del documento nacional de identidad (DNI) no solo en su versión física, sino también, por primera vez, en su versión digital, con lo que adaptaba el uso del DNI a los nuevos retos digitales y ofrecía a la ciudadanía la posibilidad de disponer del documento de identidad en formato digital en el teléfono móvil.
Esto con la aclaratoria de que el DNI en formato físico conviviría con la identificación digital a través del móvil, que no sustituye al carné tradicional.
El acceso al formato digital es por medio de la aplicación MiDNI, disponible en los principales mercados digitales, que en una primera fase permitiría la acreditación presencial de ciudadanos españoles, con las máximas garantías de seguridad, así como verificar la autenticidad de las credenciales de otros ciudadanos.
La fases para obtenerlo
Otro dato de interés es que para disponer del DNI digital es necesario completar tres fases: un registro previo que vincula de manera inequívoca la identidad del ciudadano a un número de teléfono móvil que permite la descarga de la aplicación MiDNI, virtualización del DNI y verificación del proceso.
Adicionalmente, para realizar el registro es necesario que el DNI se encuentre en vigor y sus certificados electrónicos activos, y podrá hacerse a través de la web www.midni.gob.es, en cualquiera de los Puestos de Actualización de Documentación (PAD) existentes en comisarías de Policía o ayuntamientos y en cualquiera de las 290 Unidades de Documentación de la Policía Nacional.






