• Contacto
  • Horarios de Barcos by Kikoto
  • Vuelos
  • Sorteo Cruz Roja
  • COPE Ceuta
  • Portal del suscriptor
martes 26 de mayo de 2026   
El Faro de Ceuta
  • Sociedad
  • Sucesos
  • Frontera
  • Justicia
  • Política
  • Cultura
  • Educación
  • Deportes
  • Marruecos
  • Opinión
No Result
View All Result
  • Sociedad
  • Sucesos
  • Frontera
  • Justicia
  • Política
  • Cultura
  • Educación
  • Deportes
  • Marruecos
  • Opinión
No Result
View All Result
El Faro de Ceuta
No Result
View All Result

Vacaciones y descansos

Por Redacción
25/11/2012 - 09:27

Compartir en WhatsappCompartir en Facebook

Son varias sentencias de de los Juzgados de lo Contenciosos Administrativo de A Coruña y Huelva las que dan la razón a varios compañeros que no pudieron disfrutar las vacaciones. Uno de ellos, tenía previsto disfrutar vacaciones en periodo veraniego, pero una baja laboral se lo impidió. Por ello, al reincorporarse al trabajo, solicitó vacaciones, si bien no pudo disfrutarlas dado que existían otros compañeros con más preferencia y le originó no poder disfrutar los días de vacaciones.
En el mes de febrero, el agente solicitó la acumulación de las vacaciones, que le fue denegado, al entender la administración que no tenía derecho a ello, dado que no estaba motivado por necesidades del servicio.  Sin embargo, los servicios Jurídicos de AUGC defendieron el derecho del demandante, amparándose para ello en diversas Sentencias el Tribunal de Justicia Europeo, que reconoce el Derecho al disfrute de vacaciones al establecer que no puede equipararse las vacaciones al tiempo de baja, al tratarse de conceptos distintos.
El Juzgado de lo Contencioso de A Coruña, en una Sentencia contundente, deja clara la obligación de la administración de cumplir las Directivas Europeas y la interpretación que sobre ello realiza el Tribunal Superior de Justicia Europeo, reconociendo el derecho del demandante a disfrutar de dichas vacaciones y CONDENANDO EN COSTAS A LA ADMINISTRACION.
Desde luego, no todos los casos son iguales, y el hecho de que un compañero consiguiese una resolución favorable no da pie a pensar que directamente se tiene derecho, pero desde AUGC aconsejamos seguir los siguientes pasos:
1. Cuando con motivo de una baja laboral no podamos iniciar las vacaciones previstas para el verano, una vez nos incorporemos, debemos solicitar vacaciones (que no puedan alegar que pudimos pedirlas y no lo hicimos).
2. Si dichas vacaciones son denegadas, contactar con los servicios jurídicos de AUGC al objeto de recurrir la resolución (si existe motivo para ello) o en su caso preparar y fundamentar la solicitud de acumulación para el cupo del siguiente año.
3. En el caso de estar disfrutando vacaciones e iniciar una baja laboral, comunicar mediante escrito a la Unidad el inicio de la baja y extender el parte de baja, solicitando la interrupción de las vacaciones.

Acumular descanso semanal con vacaciones

Es un problema que en ocasiones nos plantean los compañeros, quienes refieren que en sus Unidades, les ponen pegas para poder disfrutar del descanso semanal antes de las vacaciones o al regreso y de ese modo ampliar el tiempo de descanso vacacional.
Sobre éste supuesto ya ha tenido oportunidad de pronunciarse el DAO en escrito número 129733 de fecha 18 de julio de 2011, donde establecía unos criterios de aplicación de la Sección Segunda de la Orden General 4/2010, y entre ellos indicaba “La Planificación de los servicios también debería facilitar que en algunas ausencias justificadas y conocidas con antelación suficiente, como, por ejemplo, con motivo del disfrute de vacaciones, los servicios nombrados inmediatamente antes y después de las mismas, faciliten la prolongación del periodo en el que al personal no tenga nombrado servicio” , por tal motivo, AUGC ha elaborado y repartido una instancia para solicitar que se cumpla con los criterios impartido por el DAO.

Descanso diario antes de las vacaciones

Otro problema bastante común es el iniciar las vacaciones o permisos, prestando servicio de tarde el día anterior. Ésta práctica es contraria a la legalidad, dado que los agentes tienen dos derechos totalmente distintos, por un lado está el derecho a las vacaciones, que empieza a las 00 horas del día que se inician las mismas y el derecho al descanso diario que no puede disfrutarse de prestar servicio hasta las 22, dado que solaparía con el permiso o vacaciones a partir de las 00 horas. Sobre éste asunto existen diversas Sentencias y por ello, AUGC ha elaborado una instancia para evitar ésta práctica irregular.

Related Posts

nacho-gaitan-natacion-esta-moda-aguas-abiertas

El Faro + Deportivo | Nacho Gaitán: "La natación está de moda, y más en aguas abiertas"

hace 14 minutos
ingesa-horas-reducen-mes-jornada-anual-plantilla

Información veraz en la reducción sobre la jornada a 35 horas semanales

hace 47 minutos
plaza-nicaragua-barrio-aprendio-caminar-unido-20

Plaza Nicaragua, el barrio que aprendió a caminar unido

hace 59 minutos
pp-psoe-islamistas-mataderos-triano-saca-colores-abascal

PP, PSOE, islamistas y mataderos: Triano le saca los colores a Abascal

hace 2 horas
policia-nacional-coche-recurso

La Policía investiga el fallecimiento de un joven de Ceuta en Torrelavega

hace 2 horas
banistas-denuncian-falta-accesos-playa-san-amaro-24

La playa de San Amaro recibirá aporte de arena

hace 2 horas
  • Grupo Faro
  • Publicidad
  • Contacto
  • Aviso legal – Protección de datos
  • Política de cookies
  • Política de privacidad
  • Política editorial
  • Términos de uso

Grupo Faro © 2023

No Result
View All Result
  • Sociedad
  • Sucesos
  • Frontera
  • Justicia
  • Política
  • Cultura
  • Educación
  • Deportes
  • Marruecos
  • Opinión
  • Horarios de barcos by Kikoto

Grupo Faro © 2023

No Result
View All Result
  • Sociedad
  • Sucesos
  • Frontera
  • Justicia
  • Política
  • Cultura
  • Educación
  • Deportes
  • Marruecos
  • Opinión
  • Horarios de barcos by Kikoto

Grupo Faro © 2023