El tribunal de la Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta ha condenado a las llamadas M.J.M.R. y E.P.J. por un delito de falsedad y estafa continuada.
Las dos acusadas han reconocido los hechos y aceptado las penas de 11 meses de prisión, así como el pago de una multa de 4 meses y 15 días a razón de 5 euros diarios por el delito de falsedad continuada, así como 6 meses más de cárcel. No se opone a la suspensión de la pena por un plazo de dos años.
A las acusadas se le ha aplicado una atenuante de reparación del daño ya que, antes de la conformidad, las acusadas habían abonado íntegramente la responsabilidad civil.
Las dos acusadas, puesta de común y previo acuerdo, con ánimo de obtener un ilícito beneficio y con ánimo falsario, en ejecución de un plan previo preconcebido y aprovechándose de idéntica ocasión, se aprovecharon de la relación sentimental que había mantenido una de ellas con la víctima, utilizando sus datos personales y número de cuenta bancaria.
Se aprovecharon porque la otra acusada era encargada de la tienda Orange, ubicada en el Centro Comercial, y entre los días 18 y 26 de junio, contrataron a nombre de la víctima la adquisición de varios dispositivos y terminales telefónicos por importe superior a los 400 euros. En todos los contratos aparecía la identidad de la víctima, sin que ella hubiera dado consentimiento alguno.
De esta forma, las acusadas adquirieron los siguientes dispositivos: un móvil de la marca OPO, un Ipad, un dispositivo de Google Chromecast y un iPhone. Todo ello le ocasionó evidentemente un perjuicio económico a la víctima, y por eso la llevó a denunciar la situación.
El acuerdo previo entre las Defensas y el Ministerio Fiscal ha evitado la celebración de la vista oral que estaba fijada para este martes.