La UNED de Ceuta ha remitido un comunicado a los medios de comunicación para reafirmar su compromiso “con la transparencia y la correcta gestión de una institución académica y universitaria de prestigio”. Indica que, desde su creación, hace 50 años, ha demostrado “su vocación de servicio a los estudiantes y a la ciudad de Ceuta”.
Tras las críticas vertidas por el PSOE tanto por el nombramiento de Yolanda Bel como por los sueldos que perciben quienes fueron ex altos cargos del PP, la UNED ha zanjado cualquier tipo de polémica defendiendo su actuación y proceder en todos los sentidos.
Sobre la elección de Bel, indican que “la venia es un reconocimiento de la función tutorial por parte del rector y se alcanza después de haber cursado varios programas de formación”.
“Hay tutores que ya la han obtenido y otros que están en fase de lograrla. Según los Estatutos del Profesor Tutor, todos los tutores tienen los mismos derechos y obligaciones (artículo 16.2) salvo el de poder representar a otros tutores en sus órganos de representación (Titulo IV) que queda reservado para los tutores con venia”, explican.
En la relación de órganos de representación del Título IV, “no aparece el de secretario de Centro porque este es en realidad un órgano directivo, y los órganos directivos de los Centros Asociados se regulan por otra normativa: los Estatutos de la UNED y el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Centro Asociado (ROFCA)”, apuntilla.
“El secretario de centro es un órgano directivo unipersonal de los centros asociados y según los Estatutos de la UNED (art. 155) y el ROFCA del Centro (art. 27), propuesto por el director del centro y aprobado por la Junta Rectora. El único requisito para ser nombrado secretario es tener un título universitario y preferentemente, ser profesor tutor. El nombramiento por tanto se ha hecho cumpliendo de forma escrupulosa con la normativa aludida”.
Respecto a la capacidad del director para hacer el nombramiento, “según el ROFCA en su artículo 23, nada señala el mencionado artículo ni ninguno de los que figuran en el Capítulo III que suponga que la finalización del plazo de dos años conlleve el cese del director”, detalla.
“Finalizado el plazo la persona nombrada en dicho cargo permanece en el ejercicio de sus funciones (todas sus funciones) hasta que se produzca su cese”.
En cuanto a las retribuciones de los cargos directivos, “son las establecidas hace años por la Junta Rectora del Centro y son similares a las de los centros de similares características al de Ceuta como el de Melilla”.
La solicitud de nulidad del nombramiento de la nueva secretaria, Yolanda Bel, hecha por el PSOE, la UNED destaca que se ha interpuesto por vía administrativa y como tal, se va a responder por la misma vía y por el órgano competente, sin perjuicio de las medidas judiciales que pudieran derivarse.
Las críticas del PSOE mediante traslado de comunicados de prensa se han centrado precisamente en esos dos aspectos, por un lado, la designación de Yolanda Bel y, por otro, el sueldo que van a percibir tanto ella como Rontomé.
De momento la UNED responde vía comunicado a lo ocurrido, aunque no descarta tener que acudir a otras vías distintas, como la judicial, para replicar a las acusaciones vertidas.
El PSOE insiste en que solo defiende que la entidad se ejemplo de legalidad, transparencia y servicio al alumnado. Ya en su día también el propio PSOE denunció el nombramiento de Carlos Rontomé al frente de la entidad educativa, generándose también la oportuna crítica y enfrentamiento político al respecto.
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