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Una naviera deniega el acceso al barco de una joven de 14 años y su padre denuncia por limitar su libertad de movimiento

Los menores con esa edad o más años solo tienen que acreditar su identidad con DNI

El padre de una joven de 14 años, y que en octubre cumplirá 15, denunció la noche de este miércoles en la Jefatura Superior de la Policía Nacional que la azafata de una compañía que opera en el Estrecho limitó la “libertad de movimiento de su hija” al denegarle el acceso al barco en el puerto de Algeciras “siendo este uno de los derechos fundamentales recogidos en nuestra Constitución”.

Este caso ha devuelto a la actualidad cuál es el límite de edad para que un menor pueda viajar solo en barco. Su hija y varias amigas regresaban a Ceuta después de pasar unos días en la Península en casa del padre de una de ellas.

“Una vez que su hija se encontraba en la pasarela de embarque para entrar en el barco, se ha encontrado con una de las empleadas de la naviera, persona la cual realiza el control de billetes de pasaje”, según recoge la declaración ante la Policía Nacional. Sin embargo, “al exhibirle dicha documentación –billete y DNI– la empleada le ha solicitado el permiso de viaje para menores a lo que su hija le ha indicado que no tenía”, añade la denuncia.

Ante su respuesta, concluye el denunciante, “dicha azafata le ha manifestado que no podía embarcar”. Su sorpresa es que, según manifiesta el progenitor en la Jefatura Superior, “pasaron el filtro de control de seguridad sin tener ningún tipo de incidente, siendo acompañado hasta dicho punto por el padre de una de las menores”.

El padre critica que su hija quedó en situación de “desamparo” y que, por suerte, pudo pernoctar en casa del padre de su amiga hasta el día siguiente, cuando su otra hija cruzó a Algeciras para poder acompañar a la menor de vuelta a Ceuta.

Es más, el compareciente “realizó llamada a Policía Nacional del Puerto de Algeciras los cuales le han señalado que Ceuta era territorio nacional no siendo necesario tal permiso de viaje”. En las respectivas páginas corporativas de las tres navieras que conectan el Estrecho, figura la normativa que regula el viaje de menores solos.

Aunque con distintas formas de formular la reglamentación, existe desde la obligación de que toda aquella persona menor de 14 años tiene que ir obligatoriamente acompañada de un adulto, a la posibilidad de que la Policía Nacional expida un documento en el que los padres autoricen a viajar sin su compañía.

En el caso de la naviera que rechazó el embarque de la joven, los menores con una edad igual o superior a 14 años que viajen solos deberán acreditar su identidad para viajar solo mediante el DNI.

La Policía Nacional informó en abril que Ceuta como ciudad fronteriza exige mayores controles en el puerto para evitar la inmigración ilegal a la península. Por ese motivo se identifica a cada viajero que va a embarcar en el ferry o que coge el helicóptero.

Autorizaciones colectivas para viajes

Con el inconveniente también de que no existen otras vías de comunicación aparte de las anteriores que permitan ir directamente a la Península. Los controles policiales obligatorios dificultan el movimiento de los menores en sus desplazamientos cotidianos por viajes de estudios, actividades extraescolares o competiciones deportivas.

Cuando estos desplazamientos se realizan al extranjero y de forma individual, es obligatorio que los padres tramiten el correspondiente permiso en las oficinas policiales. Pero en el resto de casos, cuando se viaje en grupo y dentro del territorio nacional, los padres pueden realizar la autorización ante los responsables del colegio, AMPA o equipo deportivo que organiza el desplazamiento. Hay que tener en cuenta que los menores viajan bajo la supervisión de los organizadores.

Posteriormente serán los responsables de los colegios o entidades deportivas quienes presenten ante la Policía una única relación con todos los menores que ha sido autorizados a viajar, diligenciando los agentes tan solo ese documento que funcionará como una autorización colectiva.

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