El Juzgado de Instrucción número 6 de Ceuta ha acogido ya la práctica de la última pericial solicitada por la defensa de un exprofesor del Colegio San Agustín, A.D.B., al que la magistrada competente ordenó en enero procesar por la presunta comisión de delitos de corrupción de menores, abuso y agresión sexual a menores de 16 años, inducción a la prostitución de menores, elaboración de pornografía infantil y 'sexting'.
Los letrados del investigado respondieron al último auto de procedimiento abreviado de la jueza pidiendo someter al menor cuya familia denunció al docente ante la Guardia Civil hace dos años a “una prueba pericial contradictoria del informe psicológico elaborado por el Equipo Psicosocial adscrito al Juzgado”, requerimiento que fue aceptado y cuya materialización se efectuó el pasado 31 de octubre en sede judicial.
A la vista de sus resultados, la instructora deberá pronunciarse de nuevo sobre el resultado de las múltiples diligencias practicadas para ratificar o no su auto de enero, en el que vio “indiciariamente” constatado que el profesor había contactado con alumnos menores de edad “presencialmente, on line y por teléfono” para pedirles fotos desnudos que fue acumulando “para su personal uso”.
También le atribuyó el haber “promovido activamente el desarrollo precoz y tendencial de la vida sexual de los mismos” y también “realizado actos concretos de abuso sexual siendo el eventual consentimiento irrelevante jurídicamente” e incluso “solicitado y obtenido actos sexuales reales o virtuales mediante contraprestación en metálico o en especie con regalos costosos”.
En su último auto añadió a propuesta de la Fiscalía “indicios racionales de comisión de un posible delito de 'sexting', esto es, el envío de mensajes o fotografías por un “embaucado” por su inexperiencia sexual como menor. El Colegio San Agustín fue incluido como “indiciariamente responsable civil 'ex delicto'.
Cadena de custodia
La defensa del profesor ha venido esgrimiendo durante la tramitación del caso todo tipo de supuestos fallos de forma en la tramitación e incluso ha impugnado “el contenido y autenticidad” de las anotaciones de la Guardia Civil sobre la toma de evidencias y las muestras de la cadena de custodia de las pruebas obtenidas durante el registro de su domicilio y el análisis de su móvil y ordenador.
Sobre el fondo del asunto ha defendido que no existen “indicios racionales de criminalidad” para imputarle delitos de tenencia de pornografía, corrupción de menores o, mucho menos todavía, “agresión sexual, que requiere una violencia o intimidación que no solo no se ha puesto de manifiesto sino que ni tan siquiera se recoge”.
Libertad de información
La magistrada del caso ha rechazado en el transcurso de la instrucción una solicitud de la defensa del exprofesor para que instase a los medios de comunicación locales a “abstenerse de publicar noticia alguna relacionada con este asunto hasta tanto no se proceda a la apertura del juicio oral”, así como a “borrar de sus respectivas páginas web las noticias publicadas vulnerando el secreto de sumario”. La juez asumió que el planteado era un asunto “complejo” a la hora de encajar los derechos al honor, a la libertad de información y a comunicar o recibir información veraz con los principios de secreto de sumario, puzle en el que resulta determinante “el requisito de la veracidad”. “El secreto de sumario no significa que elementos de la realidad social sean arrebatados a la libertad de información”, apunta.
Cruce de denuncias archivadas entre el menor y el ex docente
La jueza de Menores ha sobreseído la denuncia interpuesta por el ex profesor investigado contra el menor cuya familia puso en conocimiento de la Guardia Civil hace dos años un presunto comportamiento impropio. El 25 de enero de 2018, la instructora de la causa principal dictó una orden de alejamiento entre el ex docente y el menor de 100 metros que la Audiencia redujo posteriormente a 50. La familia del joven alertó a la Justicia de una vulneración de dicha prohibición que, con varios testigos a favor del docente de madres de estudiantes del colegio en el que trabajaba, fue archivada al no encontrarse “evidencia seria y concluyente” de que su encuentro en una galería fuese voluntario. Los abogados del docente plantearon una denuncia en septiembre por denuncia falsa asegurando que “en el momento de interponer la suya, el menor sabía que los extremos que estaba relatando eran falsos, pese a lo que decidió ponerla y seguir hasta últimas consecuencias”. La jueza le ha dado carpetazo a propuesta de la Fiscalía en base a un informe técnico que recomendó “la no continuación de la causa por entender suficiente, con la tramitación de este expediente, el reproche ya efectuado al menor, que no muestra una trayectoria delictiva, tiene un estilo de vida totalmente normalizado con adecuado apoyo y control familiar y muestra un adecuado aprovechamiento en el aprendizaje”.