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FeSMC-UGT Ceuta pide no “prejuzgar a un trabajador que solo cumple con lo que se le ordena”

La Federación ha dicho, sobre el exvigilante de Piniers, que la “Fiscalía tendrá que investigar cuanto antes y así lo solicitamos”

Desde la Federación de Servicios, Movilidad y Consumo (FeSMC-UGT Ceuta) se han pronunciado este jueves sobre la acusación que se le ha hecho a un exvigilante del albergue provisional para jóvenes extranjeros no acompañados de Piniers.

Ha destacado que “creen conveniente puntualizar ciertos aspectos”, destacando que, según ellos, “el vigilante en cuestión es un compañero de intachable trayectoria en el cumplimiento de sus obligaciones, todo ello avalado por los años que lleva realizando este servicio”.

La federación ha agregado que “el primer interesado en que se aclare esta cuestión es el propio vigilante de seguridad”. Asimismo, han afirmado que “en ningún momento ha sido despedido”.

Desde FeSMC-UGT Ceuta han pedido “respeto y que no se prejuzgue a un trabajador que solo cumple con lo que se le ordena, cuestión que la Fiscalía tendrá que investigar cuanto antes y así lo solicitamos”.

El pasado 22 de junio, se conoció que la Fiscalía de Ceuta había dado traslado al Juzgado de Guardia de las diligencias abiertas contra un ya exvigilante de seguridad privada del albergue provisional para jóvenes extranjeros no acompañados de Piniers, tras haber sido denunciado por el Área de Menores de la Ciudad Autónoma por, presuntamente, desnudar y golpear a dos de los niños allí acogidos después de que intentasen fugarse.

En ese momento se informó que fuentes judiciales habían señalado que la investigación estaba relacionada con un delito contra la integridad de los menores, establecido en el Código Penal: “Quien abusando de su cargo, y con el fin de obtener una confesión o información de cualquier persona o de castigarla por cualquier hecho que haya cometido o se sospeche que ha cometido, o por cualquier razón basada en algún tipo de discriminación, la sometiere a condiciones o procedimientos que por su naturaleza, duración u otras circunstancias, le supongan sufrimientos físicos o mentales, la supresión o disminución de sus facultades de conocimiento, discernimiento o decisión o que, de cualquier otro modo, atenten contra su integridad moral”.

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