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Tres años y seis meses de prisión por traficar con 37 kilos de droga

Por Redacción
12/04/2010 - 19:17
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El acusado se conformó con la pena que le ofrecía el Fiscal, que incluía además una multa de 54.097 euros, reconociendo de esta forma los hechos que se le imputaban.

La magistrada del juzgado de lo Penal número uno dictó ayer sentencia condenatoria contra un hombre acusado de cometer un delito contra la salud pública, es decir, de tráfico de droga, recogido en los artículos 368 y 369, apartado sexto, del Código Penal. La pena que se le impuso consistió en tres años y seis meses de prisión más el pago de una multa de 54.097 euros con tres días de responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago. El acusado se declaró insolvente, por lo que se le investigarán los bienes y en caso de no poseer nada deberá cumplir los tres días más de prisión que se le fijaron de arresto sustitutorio.
Los hechos por los que el hombre fue condenado tuvieron lugar el día 10 de marzo de este mismo año sobre las 14.45 horas en el preembarque para vehículos de la estación marítima. La Guardia Civil detuvo al acusado cuando intentaba embarcar en un ferry con dirección a la península en un coche en el que llevaba ocultos 37.205 gramos de hachís. La droga se hallaba escondida en el depósito de combustible del coche, que resultó no ser de su propiedad. En total, la Benemérita se incautó de 108 bloques de resina de hachís. El posterior análisis de la sustancia estupefaciente determinó que tenía un índice de pureza del 10,78 por ciento lo que situaría su precio en el mercado en torno a los 54.097 euros.
El acusado se conformó con la pena que le ofrecía la representante del Ministerio Fiscal, que contemplaba una considerable rebaja en la petición de prisión inicial. Para ello eliminó del escrito de acusación las referencias a la adquisición de la droga en Marruecos y su introducción ilegal en territorio español. Consecuentemente, el Fiscal modificó su calificación de los hechos eliminando el apartado décimo del artículo 369, que establece una pena superior para las personas que metieran o sacaran la droga del territorio nacional.
La magistrada decretó el comiso de la sustancia intervenida en la operación antidroga, no así el del vehículo utilizado, que no constaba a nombre de la persona acusada. Asimismo, la jueza le impuso al hombre condenado el pago de las costas procesales. Tras preguntar a las partes sobre su intención de recurrir el fallo que se iba a dictar y comprobar que nadie tenía la intención de hacerlo, la magistrada dictó la firmeza de la sentencia, lo que conlleva que no cabe recurso sobre la misma.

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