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Tráfico tramitó en 2009 un total de 1.655 denuncias por infracciones en Ceuta

El número de denuncias tramitadas en 2009 fue de 1.655, que conllevaban la pérdida de 5.664 puntos a los conductores que cometieron infracciones, según datos facilitados por la Jefatura Local de Tráfico.

En el pasado ejercicio se tramitaron un total de 135 pérdidas de licencias a conductores por cometer infracciones.
La infracción más común fue no utilizar el casco o llevarlo mal abrochado -la sanción es la misma para ambos casos-. Se pusieron 467 denuncias, que llevaban aparejadas la pérdida de 1.401 puntos.
Por no llevar el cinturón de seguridad o no llevar activado el sistema de retención infantil, se pusieron 427 denuncias, con una pérdida total de 1.281 puntos.
Otra de las infracciones con más denuncias fue la utilización del teléfono móvil mientras se conduce, con un total de 211 y la pérdida de 633 puntos, tal y como indican los datos facilitados por Tráfico.
Una de las preguntas más frecuentes de los conductores suele se qué ocurre cuando se produce la pérdida de todos los puntos del carné. En este caso, el conductor sigue estando habilitado para conducir, aunque comienza un procedimiento para retirarle el carné.
En el momento de la tramitación del expediente, el conductor tiene un plazo de diez días para presentar alegaciones.

Recuperación del carné

Los conductores a los que se le han retirado el carné por primera vez deben estar seis meses sin conducir y luego realizar un examen para recuperar el permiso.
Además, el conductor al que se le ha retirado el carné deben hacer un curso de reeducación para la recuperación de los puntos. Dicho curso se realiza en la Autoescuela El Centro.
Los conductores que pierden la licencia por segunda vez deben seguir el mismo proceso pero con la diferencia de que están un año sin conducir.
El pasado verano, el Tribunal Supremo sentenció que los conductores pueden recurrir la pérdida de los puntos del carné, incluso si ya han pagado la multa entera o se acogieron al descuento del 30 por ciento por pronto pago.
Con esta sentencia, el Supremo dejó claro que “aunque la pérdida de puntos no aparece incluida en el catálogo de sanciones” del real decreto que regula el carné por puntos, “es indudable que es una medida que tiene carácter materialmente sancionador”.

 

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