Trace baldeará con agua del Arroyo de las Bombas y no de la procedente de la EDAR

El agua empleada para el baldeo de las calles contiene productos cancerígenos. Con este titular, CCOO alertaba ayer de los resultados derivados de un informe encargado por el Comité de Empresa de Trace para conocer la composición de esta agua y que concluye la existencia de una gran concentración de formaldehídos, más de 200 veces superior a los índices permitidos (66 ppm, cuando los valores de referencia están entre 0,3 y 0,37). Un producto considerado cancerígeno y cuya inhalación a altas concentraciones provoca severa irritación del tracto respiratorio, pudiendo llegar a provocar la muerte.
Conocida la información y después de que Caballas pidiera, vía comunicado, la paralización del baldeo usando esta agua, la Ciudad comunicaba su decisión de, “para la absoluta garantía de los trabajadores”, reabrir a partir de hoy el punto de agua no potable situado en la zona del Arroyo de las Bombas para que de ahí se tome el agua para el baldeo.
No obstante, advierte la Ciudad, esta medida no se adopta como consecuencia de la exigencia de Caballas de que se parara el baldeo con agua de la EDAR, ya que, indica, el propio gerente de Acemsa le había comunicado telefónicamente la decisión de reabrir el punto del Arroyo de las Bombas antes de que la coalición hiciera pública tal exigencia.
¿Qué sucede entonces con el agua usada para el baldeo? La Ciudad recalca que los análisis que realiza Acemsa en los laboratorios externos “en ningún caso han arrojado datos similares a los que ha ofrecido la central sindical. De hecho, los análisis efectuados cumplen estrictamente con todos los parámetros establecidos en la legislación aplicable, el Real Decreto 1620/2007, de 7 de diciembre, por el que se establece el régimen jurídico de la reutilización de aguas depuradas”, sentencia.
CCOO denuncia, no obstante, que los trabajadores dedicados a esta tarea vienen quejándose reiteradamente de irritación ocular, del tracto respiratorio y de la piel. “Síntomas que indudablemente se corresponden con la exposición a este agente químico”, señalan. Una denuncia con base suficiente como para que hayan acudido a la Inspección de Trabajo a presentar denuncia al margen de exigir la paralización de estos baldeos.
La Ciudad lamenta haberse enterado de la información por los medios de comunicación, pero señala que “en relación a los formaldehídos, esta sustancia no aparece en los listados de sustancias peligrosas a los que hace referencia el citado Real Decreto, ni en la llamada Lista I , ni en la Lista II preferente (sustancias reguladas a través del Real Decreto 995/2000, de 2 de junio, por el que se fijan objetivos de calidad para determinadas sustancias contaminantes y se modifica el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril), ni en la Lista II prioritaria (sustancias reguladas a través de la Decisión núm. 2455/2001/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de noviembre de 2001, por la que se aprueba la lista de sustancias prioritarias en el ámbito de la política de aguas, y por la que se modifica la Directiva 2000/60/CE)”, puntualiza.
El Gobierno local asegura desconocer el laboratorio al que el Comité de empresa de Trace envió las muestras para su análisis, ni “quién, cómo, cuándo y dónde se ha realizado la toma de muestras”, puntualiza. “De entrada, para evitar la contaminación de la misma, la toma debería haberse efectuado en la EDAR, y la Ciudad no tiene conocimiento de que esta circunstancia se haya producido, por lo que, unido al hecho de que el sindicato tampoco le ha aportado el estudio, no puede valorar los resultados que ha ofrecido en la nota de prensa”, aclara, lamentando que hasta ahora los sindicatos nunca hayan querido aceptar la invitación de Acemsa a conocer las instalaciones y a realizar esta prueba.
“Lamentamos el alarmismo generado por el sindicato, pero en cualquier caso, y tras conocer esta información, Acemsa se ha puesto en contacto con la central sindical para ofrecerle realizar una toma conjunta de muestras en la EDAR para que ambas sean analizadas, una por el laboratorio con el que trabaja la sociedad municipal y la otra por el laboratorio que estime conveniente el sindicato; circunstancia que ha aceptado”.

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