El Juzgado Togado Militar Central número 1 ha acordado el procesamiento por un presunto delito de deslealtad del coronel -ya en situación de reserva- que fue denunciado por simular que tenía un año de edad menos. Habría conseguido así el acceso al Cuerpo de Ingenieros Politécnicos del Ejército de Tierra, tal y como se recoge en un auto a cuyo contenido ha tenido acceso El Faro de Ceuta.
Se acuerda el procesamiento de quien fuera director de la Escuela Politécnica Superior del Ejército y, antes, jefe de la Comandancia de Obras en Ceuta decretándose además la libertad provisional del procesado.
Esta resolución judicial tiene su origen en diciembre de 2022, cuando se presentó denuncia contra el coronel exponiéndose que existía un error en su historial militar ya que figuraba como su fecha de nacimiento un 6 de enero de 1963 cuando en realidad había nacido un año antes.
A través de esa argucia, habría conseguido acceder al Cuerpo de Ingenieros Politécnicos del Ejército de Tierra en la convocatoria de 1993, que establecía como requisito no cumplir o haber cumplido 31 años ese ejercicio, además habría intentado demorar al menos un año su pase a la reserva.
El propio militar, Juan Carlos García Palacios, manifestó a este periódico que no era cierto lo que se denunciaba pero tras judicializarse el asunto y ordenarse las oportunas consultas se constató que efectivamente había un dato incierto con su fecha de nacimiento lo que llevó a dictarse una corrección en el Boletín Oficial de Defensa, pasando poco después a la reserva.
El 3 de febrero de 2023 el Togado acordaba el archivo de las diligencias previas. Aquí pudo haber terminado esta historia de no ser porque el denunciante (a quien no se le permite en la jurisdicción militar personarse como acusación y que estuvo asistido por el abogado Víctor Montero) presentó recurso en apelación contra ese auto de archivo. Se logró así que el Tribunal Militar Central lo revocara.
Fue un viraje radical a esta historia que ha derivado en el auto de procesamiento ahora conocido, elevándose a sumario las diligencias previas. Existen, a juicio de la Fiscalía, “indicios racionales de la presunta comisión de un delito continuado de deslealtad”.
El fiscal considera constatado que el coronel, ahora en la reserva, presentó una copia del documento nacional de identidad y de la certificación literal del acta de nacimiento donde figuraba una fecha que para nada concuerda con la real de su nacimiento que se produjo un año antes, con la única finalidad de poder presentarse a la convocatoria para el ingreso en los Centros Docentes militares de formación de grado superior.
Considera la Fiscalía que en su condición de militar de complemento del Ejército de Tierra, la vía más lógica de acceso hubiese sido la de promoción interna, pero al no existir la oferta de vacantes por esta vía optó por la única posible para la que debía tener otra edad, en concreto ese año menos.
Este asunto nunca se habría conocido de no ser porque se presentó denuncia, algo que según la Fiscalía evidencia la existencia de un elemento intencional de faltar a sabiendas a la verdad con la finalidad de engañar o confundir al destinatario de la información, pues de haber figurado la fecha real de nacimiento hubiera sido excluido de la condición de aspirante por no concurrir una de las condiciones que figuraban en la convocatoria, que era la de no haber cumplido, ni cumplir en el año 93, la edad de 31 años.
Para la Acusación se estaría además ante una continuidad delictiva al haberse mantenido un engaño durante la carrera militar hasta que se presentó la denuncia.
La Defensa del coronel, por el contrario, ha mantenido que su cliente nada tiene que ver con la comisión de ese delito al haber desconocido el error existente en la fecha sin que quepa por tanto la existencia de dolo, apuntando además a que renunció al ascenso a general que le correspondía en derecho lo que supondría un ejercicio de lealtad al Ministerio de Defensa.
En la resolución judicial dictada por el Togado se alude a cómo ese dato erróneo no fue modificado por el denunciado en ninguna de las ocasiones que tuvo oportunidad de hacerlo, a pesar de que desde 2012 va se le había advertido del error que no se cambió en las declaraciones juradas anuales ni en solicitudes de renovación de documentos.
“Los hechos anteriormente relatados”, se expone en el auto, “revisten, sin ánimo de prejuzgar, a los solos efectos de instrucción y sin perjuicio de la ulterior calificación que en su día pudieran merecer, los caracteres de un presunto delito de deslealtad”.
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