El Consejo de Ministros ha aprobado una modificación del Real Decreto que regula la Tarjeta Sanitaria Individual (TSI) en el Sistema Nacional de Salud. Una buena noticia para los residentes de Ceuta ya que el objetivo de la medida es “adaptar la normativa a los avances tecnológicos, estableciendo la emisión de la TSI en un formato virtual para todas las comunidades autónomas”.
Según se ha indicado desde la administración, se trata de “facilitar el acceso de las personas a los servicios sanitarios, especialmente en sus desplazamientos a otras comunidades autónomas, en situaciones de emergencia o pérdida de la tarjeta física”.
Además, la medida evitará la necesitar de llevar la TSI de forma física para acceder a la atención sanitaria en cualquier centro del Sistema Nacional de Salud y disminuirá los costes asociados a la impresión y distribución de tarjetas físicas, “contribuyendo a la sostenibilidad del sistema”.
La tarjeta sanitaria clásica ya identifica al paciente en cualquier dispositivo del SNS y en cualquier oficina de farmacia de España. Una interoperabilidad que se mantendrá y reforzará. Con el formato virtual se agilizará, además, el desarrollo de servicios digitales entre los servicios de salud de las comunidades autónomas.
Entre los cambios más significativos está la emisión en soporte virtual, que ofrecerá flexibilidad a las personas “adaptándose a sus preferencias” ya que esta podrá sustituir completamente a la física solo si el titular lo desea.
Por otra parte, también se especifican los datos básicos obligatorios que deben incluirse en la TSI, tanto física como virtual, garantizando la identificación inequívoca del titular y su derecho a la asistencia sanitaria. Además, se enumeran datos adicionales que podrán ser incorporados, como información de contacto de emergencias.
La accesibilidad es otro de los puntos a favor, ya que “se establece la necesidad de adaptar la TSI a las personas con discapacidad, asegurando la igualdad de acceso a los servicios sanitarios para todos los ciudadanos”, además de regular las características técnicas de la banda magnética y el código QR para garantizar su lectura en todo el territorio nacional.
Por último, se establece un plazo de 18 meses para que las autoridades sanitarias y los agentes implicados en la provisión de asistencia sanitaria se adapten a los nuevos requisitos.
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