La naviera que se haga cargo desde el 1 de julio del nuevo contrato de la línea de interés público entre Ceuta y Algeciras que el Ministerio de Transportes ha sacado a licitación por 1,2 millones de euros al año solamente tendrá que mantener durante los 365 días del año la oferta de tarifas máximas limitadas para “los ciudadanos residentes en la ciudad y sus vehículos en régimen de pasaje”.
La compañía podrá “establecer tarifas libres para el resto del pasaje” salvo del 23 de diciembre al 7 de enero y del Viernes de Dolores al Lunes de Pascua, según se ha establece en los pliegos del concurso.
Los precios máximos (que cada licitadora podrá rebajar en su oferta, aunque a los últimos procesos solamente se presentó Baleària sin apenas tocarlas) se sitúan, sin contar tasas ni bonificaciones, en 30,07 euros por billete de ida de pasajero (49,5 si incluye vuelta). Los vehículos se deberán facturar a no más de 66,35 y 93,43 euros, respectivamente.
En lo que toca a los coches, en el que caso de que se trate de un billete de ida con origen en Ceuta la tarifa máxima se queda en 26,65 euros y en 33,71 si se compra también con vuelta.
Con objeto de “evitar el bloqueo de plazas mediante reserva anticipada sin posterior uso de las mismas, impidiendo así su utilización por otros usuarios de este servicio de interés público subvencionado”, la adjudicataria podrá denegar la venta o reserva con más de 24 horas de antelación a aquellos viajeros que hayan incurrido en ‘no show’ en los tres meses anteriores.
Para evitar que la alta demanda limite la movilidad desde Ceuta, en todos los viajes previstos se reservará el 5% de las plazas destinadas al transporte de viajeros y de vehículos en régimen de pasaje de hasta 4,5 metros de largo por 2 metros de ancho y 2 metros de largo, para su adquisición por residentes hasta la salida del buque, salvo que se agoten por la propia demanda de éstos con anterioridad.
La nueva licitación mantiene que la compañía concesionaria estará obligada a mantener el buque adscrito con su tripulación disponible para navegar atracado en el puerto de Ceuta durante la noche.
El barco podrá ser activado durante esas horas por la Capitanía Marítima de Ceuta “por causa de interés público”. La única novedad introducida para hacer frente a emergencias que requieran el traslado a la ciudad de recursos humanos y materiales o la evacuación de personas es que “no deberá trascurrir más de una hora desde la activación hasta la salida efectiva del buque”.
El barco no podrá superar los 15 años de antigüedad (o los 25 con determinados requisitos añadidos) y contar con plazas para 650 pasajeros y 100 vehículos, así como “capacidad de navegar con temporal de levante”.
La frecuencia de la prestación será como mínimo de cuatro rotaciones diarias, aunque si lo exige la Dirección General de la Marina Mercante también deberá realizar “servicios de refuerzo durante los periodos vacacionales de Navidad (del 23 de diciembre al 7 de enero), verano (del 15 de junio al 15 de septiembre) y Semana Santa (del Viernes de Dolores al martes posterior al Lunes de Pascua), así como durante otros periodos vacacionales o cuando se estime que se pueda producir una gran demanda que pueda colapsar los servicios normales”.
Como hasta ahora, al objeto de “facilitar la conexión de los usuarios de la línea con otros medios de transporte”, la primera salida que el buque efectúe desde Ceuta quedará programada a las 6.00 horas y la última que realice desde Algeciras lo será a las 23.30 horas.
La tripulación deberá permitir que los pasajeros consuman sus propios alimentos en las salas de comedor o en otras especialmente habilitadas para ello y el barco, contar con un espacio diferenciado para su uso como espacio de mascotas. Además, el buque preparará en su garaje una zona bien ventilada y acondicionada para el transporte de ambulancias y UVI móviles con sus pasajeros y asistentes en su interior. Será obligatorio disponer del suficiente personal de limpieza para mantenerlo en estado satisfactorio durante el viaje. Durante la navegación la tripulación vigilará la limpieza de los aseos y salas comunes, y ordenará su limpieza cuando corresponda.
También se demanda “un lugar separado del resto del pasaje y de la tripulación que garantice la custodia y transporte de ciudadanos por motivos de orden público o causa judicial”. Igualmente habrá un recinto para las fuerzas de orden público que los acompañen dotado de un armero para que las citadas fuerzas puedan dejar su armamento reglamentario.
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