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Esta será la tabla de retenciones del IRPF para pensionistas en 2024

Hacienda ha dividido las ganancias en seis tramos, teniendo un tipo de retención estatal y otro autonómico, que varía dependiendo del lugar

Con la llegada del nuevo año, las personas con pensión contributiva siempre quieren saber cuánto les retendrá Hacienda en cuestión al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Hay que tener en cuenta que las personas que residen en Ceuta y Melilla disfrutan de una deducción de hasta el 60% de la cuota íntegra de este impuesto.

Pues bien, antes de que finalizara el pasado 2023, la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) dio a conocer cual será la tabla de retenciones del IRPF que se aplicará a la pensión de jubilación durante el presente ejercicio económico. Hay que tener en cuenta que existen diversas variables que influyen en esta como los miembros que conforman la unidad familiar, además de nivel de ingresos.

En este sentido, la tabla de retenciones para este 2024 se dividirá en seis tramos, dependiendo de los niveles de ingresos. Cabe destacar que, dependiendo de la autonomía en la que se encuentre, la retención varía, como ocurre en Ceuta:

Primer tramo: de 0 a 12.450 euros, 19% (tipo estatal 9.5% - tipo autonómico medio 9.5%).

Segundo tramo: de 12.450 a 20.200 euros, 24% (tipo estatal 12% - tipo autonómico medio 12%).

Tercer tramo: de 20.200 hasta 35.200 euros, 30% (tipo estatal 15% - tipo autonómico medio 15%).

Cuarto tramo: de 35.300 a 60.000 euros, 37% (tipo estatal 18.5% - tipo autonómico medio 18.5%).

Quinto tramo: de 60.000 a 300.000 euros, 45% (tipo estatal 22.5% - tipo autonómico medio 22.5%).

Sexto tramo: a partir de 300.000 euros, 47% (tipo estatal 24.5% - tipo autonómico medio 22.5%).

Ejemplo de pensión

Como ejemplo, una persona que cobra unos 25.000 euros brutos al año, el cálculo de estas retenciones, teniendo en cuenta el tipo autonómico medio, se realizaría de la siguiente manera:

Hasta llegar al límite del primer tramo, 12.450 euros, se tendría que pagar el 19% (2.365,5 euros); en cuanto al segundo tamo, al pagarse un 24%, se realizaría la resta entre sus dos límites (22.000-12.450=7.750 euros) y posteriormente se realizaría el 24% (1.860 euros); por último, al encontrarse dentro del tercer tramo, se obtendría la diferencia (20.200-25.000=4.800 euros) y se le aplicaría el 30% (1.440 euros).

Por lo tanto, una persona jubilada que cobre unos 25.000 euros brutos anuales tendría como retención del IRPF un total de 5.665.50 euros al año.

Cabe mencionar que para establecer los tramos de IRPF se considera la base liquidable de las rentas una vez que se han efectuado las deducciones o reducciones previstas en la mencionada ley. Sin embargo, los gobiernos autonómicos pueden determinar el tipo de retención autonómica que aplicará en su región, lo que también influirá en el cálculo final del IRPF.

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