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Suspendido un juicio por avería de la máquina que analiza la droga

El cromatógrafo de gases no funciona lo que provoca un efecto gravísimo al no disponerse de informe del THC del hachís intervenido | Un acusado de tráfico de drogas no pudo ser juzgado por este fallo del que debe responder con urgencia la administración

Una avería en el cromatógrafo de gases provocó este miércoles la suspensión de un juicio que tenía que celebrarse en el Juzgado de lo Penal número 1 de Ceuta por tráfico de drogas.

Problemas técnicos con este aparato que sirve para concretar la pureza de la droga, ya que cuantifica el tanto por ciento de THC, provocaron la peor consecuencia judicial que puede haber: que se tenga que suspender una vista señalada con todo lo que ello acarrea de citación de abogado, testigos y traslado del preso a los calabozos.

La máquina, que depende del área de Sanidad de la Delegación del Gobierno, no funciona por lo que no se puede emitir el debido informe oficial en el que se recoja el THC de la sustancia intervenida que es obligado remitir al juzgado cada vez que se produce una intervención de drogas.

Oficialmente se alude “a problemas técnicos” que impiden ese “análisis cuantitativo”. Pero el problema, de envergadura, es que no hay fecha para que ese cromatógrafo funcione y pueden librarse los oportunos informes. Lo que en cualquier otro lugar de España sería un escándalo, aquí en Ceuta se toma con relajación hasta el punto de permitirse la suspensión de un juicio.

Los hechos que deben ser juzgados

En este caso quien tenía que sentarse en el banquillo es el llamado A.M.M., detenido en mayo de este año por la Guardia Civil en el control previo al embarque que opera en el puerto. Conducía un ciclomotor en donde ocultaba poco más de dos kilos de hachís.

Desde ese 4 de mayo en el que se le detuvo está privado de libertad, sin que se le haya podido juzgar por la comisión de un delito contra la salud pública al no constar informe de Sanidad sobre el tipo de sustancia con la que pretendía traficar.

Al tratarse de un informe “imprescindible”, como dejó claro la magistrada titular antes de suspender la vista, no se pudo practicar la fase estelar en todo procedimiento que no es otra que la celebración del juicio.

Una persona sigue privada de libertad por causas ajenas mientras la administración central permite que esta incidencia arrastre más de dos semanas.

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