Una de las preguntas más frecuentes que se hacen aquellos que hacen una solicitud de prestaciones o subsidios por motivo de desempleo, incluyendo algún vecino de Ceuta, es si el trámite que ha hecho ha sido aprobado o denegado.
Ante las dudas que existen al respecto, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) recuerda que una vez que el interesado ha presentado su solicitud existe la obligación de dictar una resolución expresa en todos los procedimientos, así como notificar a la persona que hace la gestión.
“Una vez sea resuelta su solicitud de prestaciones, recibirá en su domicilio o en el que nos haya facilitado para las notificaciones, la resolución del SEPE comunicándole si su solicitud ha sido aprobada o denegada, indicándole los motivos en este último caso”, han explicado desde el SEPE.
Sin embargo, han dejado claro que en cualquier momento la persona que ha hecho el trámite podrá recibir información sobre el estado en el que se encuentra la tramitación del expediente.
En este sentido, el Servicio Público de Empleo Estatal señala que el interesado puede hacer lo siguiente para hacer las respectivas consultas:
- En la página Web del SEPE si dispone de certificado digital, DNI electrónico o usuario y contraseña cl@ve.
- En el servicio de atención telefónica a la ciudadanía.
- En la oficina de prestaciones en la que presentó su solicitud, previa petición de cita (por teléfono o en la Web del SEPE).
Para finalizar, han indicado que si han transcurrido tres meses desde la fecha de presentación de la solicitud y no se ha recibido resolución alguna, entonces el interesado podrá entender que le ha sido denegada “por silencio administrativo”. Sin embargo, en este último caso todavía existe la opción de presentar una reclamación previa a la vía judicial.