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Del subsidio por desempleo al IMV: una pasarela lo hace fácil

La vía sencilla que ofrece la administración mediante un procedimiento que simplifica los trámites

Los perceptores del subsidio por desempleo que agoten esa prestación sin haber conseguido un trabajo pueden pasar a percibir el Ingreso Mínimo Vital (IMV), tal y como ha explicado la Delegación del Gobierno en Ceuta.

Se puede hacer gracias al nuevo procedimiento que regula esta transición, que ayuda a simplificar los trámites y elimina cargas administrativas.

Esto permitirá que los beneficiarios no tendrán que solicitar al IMV ni aportar documentos.

Una medida importante

Delegación apunta a la importancia de esta nueva medida, “como un paso decisivo para simplificar el acceso al Ingreso Mínimo Vital (IMV) y garantizar un sistema más justo y eficiente”.

Y es que, con la puesta en marcha de esta pasarela, se eliminan barreras administrativas y se facilita que los ciudadanos en situación de vulnerabilidad reciban la ayuda que necesitan de forma automática, sin trámites con cierta complejidad ni demoras.

Esta innovación permite agilizar la transición del subsidio por desempleo al IMV para quienes cumplan los requisitos, asegurando continuidad en la protección económica de las familias: “Se sigue trabajando para que esta prestación llegue a quienes más lo necesitan, reforzando nuestro sistema de protección social”, expone la administración.

Un procedimiento automático

El funcionamiento de esta “pasarela” entre ambas prestaciones funciona de la siguiente manera, de acuerdo a unos pasos básicos.

  1. Durante el trimestre previo al agotamiento del subsidio por desempleo, el SEPE informará a la persona beneficiaria sobre la posibilidad de remitir sus datos y los de su unidad familiar, a fin de tramitar la prestación de IMV.
  2. La persona beneficiaria deberá suscribir una declaración responsable en la que otorga su consentimiento y certifica que dispone del consentimiento de los integrantes de su unidad familiar, en su caso, así como otros extremos relacionados con la acreditación del cumplimiento de los requisitos para acceder a la prestación del ingreso mínimo vital por esta vía.
  3. Si se suscribe la declaración responsable, el SEPE remitirá al INSS la información necesaria dentro de los diez días siguientes al agotamiento del subsidio.
  4. En caso de reconocimiento del derecho al IMV, la fecha del hecho causante será la fecha del agotamiento del subsidio, y los efectos económicos se producirán el primer día del mes siguiente al del agotamiento del subsidio. La persona titular del Ingreso Mínimo Vital será, en todo caso, la que fuese beneficiaria del subsidio por desempleo.

Que sucede si no se puede utilizar

Para aquellos casos en los que no se pueda utilizar este procedimiento o cuando los ciudadanos no hayan dado su consentimiento, los interesados podrán presentar su solicitud de forma muy sencilla en el nuevo portal del INSS https://prestaciones.seg-social.es/, por correo postal o en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS).

Este nuevo procedimiento está regulado por el Real Decreto-Ley 2/2024, de 21 de mayo, que recoge otras medidas que benefician a los perceptores del IMV, entre las que se encuentra la exclusión del subsidio no contributivo por desempleo en el cómputo de ingresos del IMV, cuando a la fecha de solicitud del IMV este subsidio se hubiera extinguido. Así, el subsidio por desempleo no minorará el importe del IMV.

La medida, apunta la Delegación, supone un avance muy importante para agilizar y facilitar el acceso a la prestación del Ingreso Mínimo Vital, cuyo objetivo final es prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos básicos. Además, tiene como uno de sus principales objetivos abordar la pobreza infantil.

Nuevo teléfono 020

No son las únicas novedades relacionadas con el IMV que han comenzado a funcionar recientemente, a finales del año pasado comenzaba a funcionar el teléfono corto 020, un servicio específico de atención e información sobre el Ingreso Mínimo.

Es gratuito, de alcance nacional, y permite a los ciudadanos solicitar información sobre la prestación, recibir orientación para utilizar los servicios electrónicos, conocer la situación de su expediente o conocer los requisitos del complemento de ayuda a la infancia, entre otras muchas consultas

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