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Suben las dietas para los ceutíes que se sienten en las mesas electorales

El presidente y los vocales designados cobrarán 70 euros por sus servicios durante los comicios del 28M

Los residentes de Ceuta que se sienten el próximo domingo 28 de mayo en las mesas electorales cobrarán cinco euros más que el año pasado.

El Ministerio del Interior ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) este incremento, que permitirá al presidente y vocales titulares percibir 70 en lugar de 65 euros por sus servicios durante los comicios autonómicos y municipales.

Será el caso de los ceutíes, que al igual que los ciudadanos de Aragón, Asturias, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Comunidad Valenciana, Extremadura, Islas Baleares, Comunidad de Madrid, Región de Murcia, Navarra, La Rioja y Ciudad Autónoma de Melilla deberán acudir a votar por partida doble el 28M.

Tan solo se librarán de acudir a la cita electoral Andalucía, Cataluña, Galicia, País Vasco y Castilla y León.

Las mesas electorales están formadas por tres ciudadanos, un presidente y dos vocales elegidos por sorteo entre todas las personas censadas menores de 65 años. La normativa exigen, eso sí, que sepan leer y escribir. Tampoco pueden participar los candidatos.

También se escogen a dos suplentes por cada miembro de la mesa, aunque estos, concreta la ley, no cobrarán la mencionada dieta a menos que pasen a ser titulares.

El Ministerio dirigido por Fernando Grande-Marlaska considera "aconsejable" ajustar la cantidad desde la publicación de la última orden en 2019, para "redondear los pagos".

El año será intenso a nivel político, ya que, aunque no hay prevista fecha concreta, las elecciones generales tendrán lugar en diciembre.

Algunas excepciones

Se trata de una cita de obligado cumplimiento, aunque existen varios supuestos en los que los ciudadanos convocados pueden eludir su participación en las mesas. Algunas de las justificaciones son relativas a la situación personal de la persona y tienen que ver con situaciones de discapacidad o incapacidad.

En este grupo entran el internamiento en centros penitenciarios o psiquiátricos y las enfermedades o lesiones de gravedad, así como el embarazo.

El cuidado de menores de ocho años o familiares incapacitados, el período de lactancia o eventos familiares de especial relevancia son otras de las excepciones a la norma.

También los trabajadores con funciones electorales, de servicios esenciales, los directores de medios de comunicación o empleados participantes en un acontecimiento público que coincida con la fecha de las elecciones podrán desestimar la convocatoria.

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