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Sermasa suministrará el elevador del cementerio de Santa Catalina

Así se podrá solucionar un problema que lleva arrastrándose desde hace meses y los familiares podrán dar sepultura a sus seres queridos en los nichos de altura

En las últimas semanas en Ceuta se ha suscitado una polémica sobre los enterramientos en altura en el cementerio de Santa Catalina. Después de una denuncia pública de una familia en este periódico por no poder dar sepultura a su ser querido en uno de los dos nichos de que disponía la familia porque, al estar en altura, no se le podía subir ahí ya que las escaleras estaban inhabilitadas para tener acceso a la parte alta de estas dependencias, la Ciudad sacó a licitación el suministro de un elevador para llevar a cabo inhumaciones y exhumaciones en el cementerio municipal.

Ahora, dos semanas después, ya se conoce la empresa que se encargará de realizar las escaleras y será Servicios y Repuestos Marítimos S.L. (Sermasa). Una situación más que esperanzadora, ya que así todos los ceutíes podrán dar la sepultura a sus seres queridos tal y como se merecen. Finalmente el precio de la adjudicación ha sido de 28.495,00 euros.

Asimismo, desde el Área que dirige Alberto Gaitán ha diseñado un plan de actuaciones en el camposanto que incluirán, entre otras, mejoras en accesibilidad y en el alumbrado. Así, la Ciudad destinará más de 400.000 euros para disponer de nuevas barandillas, sustituir farolas por una nueva iluminación más sostenible y la colocación de una gran escultura de la Virgen de África. Unas reformas muy esperadas por parte de la ciudadanía que llevaba tiempo reclamándolas, ya que muchas dependencias se encuentra, en muchas ocasiones, muy obsoletas.

De igual modo,  desde la Consejería de Sanidad, Consumo y Gobernación, ​competente en el área de Cementerios, también recuerdan que ya se adoptaron el pasado año medidas como la construcción de 688 nichos junto a otras obras de pavimentación y urbanización.

El adjudicatario deberá estar dispuesto a comenzar el suministro, a partir del día siguiente a la fecha de formalización de la adjudicación del contrato, no excediendo el plazo límite para el suministro de referencia del plazo de diez días para la entrega del producto ofertado, desde la fecha de referencia.

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