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El SEPE adjudica a UGT la subvención para el servicio de OPEA

Las acciones de formación, orientación y asesoramiento laboral se desarrollarán desde este mes de abril hasta el 31 de marzo de 2023

El Boletín Oficial de Ceuta (BOCCE) de este jueves ha publicado la resolución del director provincial del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), por la que se adjudica provisionalmente la subvención, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de Acciones de Orientación Profesional para el Empleo y Asistencia para el Autoempleo (OPEA), a entidades colaboradoras sin ánimo de lucro, correspondiente a la convocatoria del año 2022.

Tal y como recoge el documento oficial, la entidad adjudicataria ha resultado ser la Unión General de Trabajadores (UGT), que con una subvención de 339.233,13 euros desarrollará 2.233 acciones OPEA-2022.

Las acciones subvencionadas, según explica el BOCCE, se iniciarán este viernes, 1 de abril del presente año, debido a la necesidad de cubrir acciones de orientación profesional a colectivos perceptores de subsidios por desempleo que conlleva la inclusión de un itinerario de inserción profesional. Por todo esto las acciones se realizarán en doce meses y "podrán ejecutarse, de acuerdo con el artículo 9 de la Orden de 20 de enero de 1998, hasta el 31 de marzo de 2023".

A lo largo de los últimos años, son varios los programas de OPEA que ha desarrollado esta organización sindical. A través de éste se han atendidos a miles de usuarios inscritos como demandantes de empleo en el SEPE, ayudando a los usuarios a buscar empleo informando de las distintas ofertas que van saliendo publicadas en medios de comunicación y boletines, así como formándoles a través de cursos y talleres para su inserción en el mercado laboral.

Además, en los últimos años también se ha notado un aumento de usuarios que de forma voluntaria acuden a la oficina demandando información de asuntos relacionados con la búsqueda de empleo.

El abono de esta subvención se realizará una vez justificada la realización de las acciones y en caso de solicitar el anticipo por parte del sindicato deben de hacerlo garantizándolo de forma adecuada. "En caso de no ejecutar el total de las acciones se procederá al reintegro conforme lo establecido art. 37 Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones", prosigue el documento.

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