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Se enfrentan a cárcel por tratar de cotizar dinero tras un trabajo jamás realizado

Por Silvia Perdiguero
13/11/2014 - 20:23

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El Ministerio Público pide prisión para dos hombres por un delito de falsedad documental. Inspección de Trabajo denunció el caso

Cotizar horas de trabajo que jamás se echaron. Según entiende el Ministerio Público, este era el objetivo de dos hombres que ayer se sentaron en el banquillo de los acusados de la Sala de lo Penal número Uno de Ceuta para responder por la presunta comisión de un delito de falsedad documental.
Sin embargo, la vista, cuya celebración estaba programada para toda la mañana de ayer, quedó finalmente suspendida y pospuesta para el próximo año, toda vez que el caso tomara un nuevo cariz: la retirada de acusación fiscal para un tercer implicado en un principio, el responsable de una gestoría con sede en nuestra ciudad y que a su vez operaba con una constructora. Esta persona nada tuvo que ver en delito alguno, de modo que ahora sólo quedan como acusados dos hombres.
De tal modo, y a la espera de que estos individuos puedan tener la oportunidad de demostrar su inocencia, el Ministerio Fiscal elevó para ellos una petición de condena al entender que son culpable de un delito de falsedad documental contra la Seguridad Social, razón por la cual pidió dos años de prisión para cada uno y que abonaran, también por separado, la pena de 4.320 euros, consecuencia del pago fraccionado de doce euros diarios durante un año.
Respecto a los hechos, bajo el punto de vista del Ministerio Fiscal, circunstancia que deberá ser probada o desmontada mediante sentencia firme por la magistrada juez titular del mencionado órgano judicial, cabe destacar que sucedieron en los años 2006 y 2007, cuando los acusados acudieron, mantiene Fiscalía, a una gestoría de la ciudad y acordaron ser dados de alta en la Seguridad Social para, simulando que trabajaban, percibir de manera indebida la correspondiente prestación de desempleo, toda vez que quedaran posteriormente de nuevo en el paro. El Ministerio Fiscal señala asimismo, en base al estudio pormenorizado de los informes elaborados por Inspección de Trabajo, que los acusados no tenían en realidad derecho a recibir pensión alguna al no haber trabajado el plazo mínimo establecido legalmente para el devengo.
Sobre todo ello, tras defender cada uno de los acusados sus respectivas inocencias, deberá pronunciarse la Justicia Española en pos de resolver un caso que se alarga ya por espacio de años.

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