Cuando en 1985 varios países europeos firmaron el Tratado de Schengen, se suprimieron los controles fronterizos entre ellos, con lo que sus ciudadanos y los que entraran en cualquier país regularmente por una frontera exterior, podían viajar libremente de un territorio a otro en lo que se dio en llamar espacio Schengen. Los citados controles, según el Tratado, pasaban exclusivamente a las mencionadas fronteras exteriores.
Cuando España se incorporó al Tratado de Schengen, la situación en Ceuta era distinta que la actual respecto a Marruecos. De este país llegaban diariamente miles de personas que compraban libre y legalmente en los comercios locales, generando para los empresarios locales sensibles beneficios, también produciendo empleo e igualmente importantes ingresos para la Ciudad Autónoma a través del IPSI, a la hacienda pública por los pagos del impuesto de sociedades y sobre la renta, a la Seguridad Social que percibía las cotizaciones y a los fabricantes sobre todo nacionales, que vendían sus productos. Todo un escalado de beneficios.
A Marruecos este comercio llamado atípico que era contrabando desde su punto de vista, le generaba una situación positiva en el norte que era la región más pobre, hasta el punto que Ceuta y Melilla eran consideradas dos polos de desarrollo en el norte, también por la inversión inmobiliaria, el turismo desde las ciudades, la visita de familiares y otras circunstancias.
El 14 de junio de 1985 quedó firmado un primer acuerdo sobre el espacio Schengen en Luxemburgo para ir suprimiendo las fronteras comunitarias y se decidió su aplicación práctica ese mismo año. España se incorporó al Tratado en 1991. La norma que pasó a formar parte del acervo comunitario establecía, entre otras cosas, la supresión de los controles en las fronteras interiores, armonización de visados y ciertos detalles complementarios. Cuando las Cortes en Madrid ratificaron el Convenio en 1993, se incorporó una declaración de parte española, relativa a las ciudades de Ceuta y Melilla. Resumiendo, dicha declaración establecía que “A) Seguirán aplicándose por parte de España los controles actualmente existentes para mercancías y viajeros procedentes de las ciudades de Ceuta y Melilla previos a su introducción en el territorio aduanero de la Comunidad Económica Europea, de conformidad con lo previsto en el protocolo número 2 del Acta de Adhesión de España a las Comunidades Europeas. B) Continuará igualmente aplicándose el régimen específico de exención de visado en materia de pequeño tráfico fronterizo entre Ceuta y Melilla y las provincias marroquíes de Tetuán y Nador. C) A los nacionales marroquíes no residentes en las provincias de Tetuán y Nador y que deseen entrar exclusivamente en las ciudades de Ceuta y Melilla, se les seguirá aplicando un régimen de exigencia de visado. La validez de este visado será limitada a las dos ciudades citadas, y permitirá múltiples entradas y salidas. D) En la aplicación de este régimen serán tenidos en cuenta los intereses de las otras Partes contratantes. E) En aplicación de su legislación nacional y con el fin de verificar si los pasajeros siguen cumpliendo las condiciones enumeradas en el artículo 5 del Convenio de 1990, en virtud de los cuales fueron autorizados a entrar en territorio nacional en el momento del control de pasaportes en la frontera exterior, España mantendrá controles (controles de identidad y de documentos) en las conexiones marítimas y aéreas provenientes de Ceuta y Melilla que tengan como único destino otro punto del territorio español. A este mismo fin, España mantendrá controles sobre los vuelos interiores y sobre las conexiones regulares por transbordador que salgan de las ciudades de Ceuta y Melilla con destino a otro Estado del Convenio”.
Quiere esto decir que, pretendiendo ayudar a Ceuta y Melilla, se estableció un sistema que concedía a los residentes marroquíes en las ciudades de Tetuán y Nador, el privilegio de no necesitar visado para cruzar la frontera. También, para los no residentes en estas ciudades, se estableció un visado especial solo apto para Ceuta y Melilla. Esto supuso un desplazamiento masivo de marroquíes hacia el norte, circunstancia que se incrementó últimamente.
El tema no es fácil ni para Marruecos ni para Ceuta. Hay también muchas personas en Tetuán que no han nacido allí pero viven en esa ciudad o provincia desde hace mucho tiempo y algunas ni son porteadores, sino trabajadoras del servicio doméstico u otras profesiones, todos muy necesarios en la ciudad española. Ceuta ha precisado mano de obra en varios oficios y, en vez de ofrecer esos trabajos en la Península por el problema del transporte y vivienda, se realizaban contratos con marroquíes que iba y venían a diario.
Cuando Marruecos comenzó a tomar medidas contra las Ciudades Autónomas, se aceptó con resignación e inexplicable silencio, la clausura de la Aduana de Melilla e incluso la cancelación del comercio transfronterizo que, si en territorio español causó perjuicios, muchos más se generaron en el norte de Marruecos donde la situación pasó a ser angustiosa. Sin embargo, muy pocos pensaban que el cierre de las fronteras de ambas ciudades iba a ser duradero y, sin embargo, quedó demostrado que, con las excusa de la atención en España al líder del Frente Polisario, el vecino del sur puso en práctica una meditada estrategia contra Ceuta y Melilla que supuso desde la entrada masiva de inmigrantes a la cancelación de la Operación Paso del Estrecho (OPE), junto a otras medidas.
Ceuta y Melilla se encontraron de pronto con que necesitaban encontrar un medio de vida alternativo, tanto en promoción del turismo, trabajadores, inversiones externas y una serie de medidas a tomar que debían formar parte de un plan estratégico apoyado en este caso por la Unión Europea, similar el establecido para Canarias, Madeira y otros territorios llamados ultra periféricos.
Igualmente, se plantea ahora el tema de la excepción española al Tratado de Schengen ya descrita, porque quizás no valga la pena dar esas facilidades a los aumentados residentes en Tetuán y Nador, cuando Marruecos mantiene esa política económicamente agresiva contra las dos ciudades. Algunos piensan que sin comercio ni trabajadores transfronterizos y soportando continuas presiones, no vale la pena mantener un sistema que obliga a tener doble control policial, en el Tarajal y en el puerto, además para que no pase nadie desde Marruecos.
De todas formas, hay que tener en cuenta que Ceuta y Melilla son territorios distintos y distantes por lo que puede haber opiniones diferentes en ambas ciudades. Lo que debe unirlas, sin embargo, es la reivindicación existente sobre ambas y la estrategia de presiones que aconsejan estrechar la unión a Europa, circunstancia que debe primar sobre cualquier otra.
La supresión del sistema actual del Tratado de Schengen producirá sin duda distorsiones en Ceuta si es que en algún momento se abre el paso fronterizo por los marroquíes. En primer lugar los españoles de esta ciudad que tienen familiares en Marruecos, se encontrarán con el problema de que estos no pueden visitar Ceuta pero ellos si podrán trasladarse al vecino país pues, como ciudadanos comunitarios, tienen derecho a hacerlo sin visado, salvo que Marruecos tome alguna medida excepcional que sería inmediatamente contestada por la Unión Europea.
El turismo procedente de Marruecos, si es que alguna vez retorna, también se vería afectado, aunque los ciudadanos de aquel país de cierto nivel social, suelen contar con visado y no tendrían problemas.
Sin embargo, respecto a los trabajadores fronterizos incluido el servicio doméstico y otros colectivos, podrían beneficiarse de un sistema relativo al tráfico fronterizo menor en las fronteras terrestres exteriores. Se trata de una iniciativa que en 2006 se puso en marcha en determinadas zonas europeas para permitir el paso a territorio Schengen de personas de países terceros, siempre que vivieran a unos 30 Kms de la frontera. Ello figura en el Reglamento (CE) nº 1931/2006 del Parlamento europeo y del Consejo de 20 de diciembre de 2006, por el que se establecen normas relativas al tráfico fronterizo menor en las fronteras terrestres exteriores de los Estados miembros y por el que se modifican las disposiciones del Convenio de Schengen. Algo parecido podría establecerse para Ceuta y Melilla o suspender las excepción del Tratado o Convenio Schengen relativa a las dos ciudades por un año por ejemplo, para observar las consecuencias.
Los que tienen en cuenta sobre todo la parte negativa de suspender la excepción española al Tratado de Schengen, no tienen en cuenta que en este caso hay una premisa superior que es la reivindicación marroquí sobre Ceuta y Melilla. Esto supone que, ante tal amenaza, las dos ciudades deben incorporarse a Europa totalmente y lo que ahora las distingue son precisamente el no pertenecer a la Unión Aduanera ni a la política de pesca o agraria común y, desde luego, contar con la mencionada excepción a Schengen.
La entrada de Ceuta en la Unión Aduanera supondría que no solo la frontera sur de la Unión Europea estaría en el Tarajal, sino también la Aduana de la UE, con lo que Marruecos debería instalar allí su Aduana comercial si quiere mantener este tipo de relaciones con Europa. Y se acabarían los retrasos o anulaciones de envíos desde el resto de España en los pedidos y correspondencia, los cobros absurdos por DUAs y, desde luego, dejaría de existir la Aduana de Algeciras y los productos de Ceuta, incluidas las devoluciones de mercancías que podrían pasar al resto de Europa sin control alguno. La situación actual se justificaba cuando había aranceles importantes de países terceros como China o Japón, pero en estos momentos, estar fuera de la Unión Aduanera no tiene sentido. Y el único problema es que se necesita unanimidad de los países miembros para cambiar el status de Ceuta.
Por tanto, parece aconsejable que Ceuta deje de ser territorio distinto y se integre completamente en la Unión Europea, aunque ello produzca algunas distorsiones que pueden ser superadas con ayudas de la citada Unión Europea y de España, pero no subvenciones, sino políticas positivas, apoyos a la inversión, créditos, formación y todo ello condensado en un Programa de Opciones Especificas, pensado para regiones ultraperiféricas a lo que podrían acogerse Ceuta y Melilla.
Respecto a los trabajadores, lo mejor sería contar con los transfronterizos como hasta ahora, pero si Marruecos se sigue negando a dejarlos pasar, sería imprescindible ofrecer esos puestos en la Península mediante unas condiciones de transporte especiales e incluso de residencia temporal, para de paso disminuir el paro en Andalucía, o bien dar facilidades de visado a los que prueben haber trabajado en Ceuta durante años.
Igual que se han hecho numerosos estudios sobre la posible entrada de Ceuta en la Unión Aduanera, por cierto todos ellos sin conclusiones terminantes, no existe nada sobre las consecuencias de la entrada completa en el territorio Schengen, sobre todo porque se desconocen las posibles medidas de apoyo a establecer, como quedaría la frontera del Tarajal y el puerto e, incluso, una estimación sobre las reacciones de Marruecos porque este país se opone tajantemente a todo lo que suponga unir a Ceuta con Europa.
El Ministerio de Asuntos Exteriores de España y la representación en la Unión Europea deberían establecer ese informe preliminar para que, al adherirse a la nueva situación, se conozcan exactamente las medidas que se adoptarán para que Ceuta salga adelante en el nuevo escenario.
Parece fuera de toda duda que al menos Ceuta debe integrarse de pleno derecho en el territorio Schengen suprimiendo la excepción que existe, pero sin precipitaciones para conocer previamente los detalles a que me refería.
Y para hacer un seguimiento a este asunto, sería preciso que, al carecer de representación en la capital de España, un Consejero con poderes se trasladara a residir en Madrid temporalmente y, colaborando con los parlamentarios de Ceuta, hiciera un seguimiento del tema Schengen y, de paso, celebrara continuas consultas en nombre de la Ciudad Autónoma con los ministerios implicados en inmigración, sanidad, economía-hacienda, turismo, comunicaciones y otros temas.
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