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Sanción de casi 200.000 euros a una empresa ceutí por impago a la Seguridad Social

Por Redacción
15/10/2011 - 10:24
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El Consejo de Ministros, a iniciativa del ministro de Trabajo e Inmigración, Valeriano Gómez, ha acordado sancionar a la empresa Sarchal Construcciones, S.L. con una multa por importe de 187.515  euros por una infracción en materia de Seguridad Social detectada por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Ceuta.
La infracción de esta empresa se califica de muy grave al encontrarse en descubierto de cotización al Régimen General de la Seguridad Social por un importe que asciende a 218.658,97 euros y lleva aparejada una sanción en grado mínimo.
La empresa ha dejado de ingresar las cotizaciones correspondientes a los meses de octubre y diciembre de 2009, así como los meses de febrero, marzo, mayo, junio, julio y septiembre de 2010 sin haber presentado los documentos de cotización en plazo reglamentario.
La sanción a esta empresa se engloba en el paquete de tres entidades que han sido sancionadas en todo el país, ascendiendo el montante global de la multa a 562.545 euros. Además de Sarchal Construcciones han sido sancionadas Binifrima y Panificadora Bellvitge por cometer infracciones graves contra la Seguridad Social.
En el caso de Binifrima ha sido multada con 125.077,3 euros debido a que la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Baleares encontró un descubierto de cotizaciones por valor de más de 192.000 euros. La empresa no ingresó las cotizaciones en el periodo comprendido entre enero de 2009 y noviembre de 2010 después de haber presentado los documentos de cotización en plazo reglamentario.
La sanción contempla como circunstancia agravante el incumplimiento previo del requerimiento de la Inspección para que el empresario regularizara su deuda.
Por último, el Gobierno ha sancionado con 100.646,2 euros a Panificadora Bellvitge después de que la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Barcelona descubriera un descubierto de cotización por más de 201.292 euros en esta sociedad. En concreto, la empresa no ingresó las cotizaciones correspondientes a los meses de junio, septiembre, noviembre y diciembre de 2009 y de enero a diciembre de 2010 después de haber presentado los documentos de cotización.

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