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La ruptura del contrato para la clínica de radioterapia no costaría más de 6.000 euros

A GenesisCare, la multinacional que a finales de 2017 se hizo con Clínica Radon, la empresa que en junio de ese mismo año se había hecho con la adjudicación a un precio mínimo de un solar público en Loma Colmenar para levantar y gestionar durante medio siglo una clínica de radioterapia en Ceuta, no le va a salir nada caro incumplir el contrato.
Por un terreno de mil metros cuadrados de superficie la compañía debía abonar a la Ciudad 7.200 euros más IPSI, pero los Pliegos le dejaron una puerta de salida abierta muy barata: las sanciones máximas que se contemplan por incumplimiento no pasan de 6.000 euros e incluso quedó recogido expresamente como vías para la extinción del acuerdo un “mutuo acuerdo entre la Ciudad y el concesionario” y “por imposibilidad sobrevenida para hacer frente al proyecto, ocurrida durante el primer año, contado a partir de la firma del contrato, que lo haga inviable razonadamente, a través de la correspondiente justificación”.
En ese caso, la Administración no podría exigir indemnización alguna por incumplimiento y se procedería a la devolución de la garantía definitiva (igual al 3% del importe de adjudicación del contrato), pero el plazo máximo para hacer valer esa oportunidad venció hace tiempo.
El Gobierno de la Ciudad ha marcado este mes de marzo como fecha límite para que la empresa GenesisCare responda acerca de si sigue adelante o no con el proyecto, en el que llegó a asegurar que invertiría más de cinco millones de euros para “construir un moderno centro dotado de un acelerador lineal de última generación en cumplimiento de todos los estándares de calidad y seguridad”.
Si la renuncia de la multinacional se consuma, el Ejecutivo local planteará al INGESA que sea la Administración General del Estado la que construya la clínica en el terreno cedido por la Ciudad y con las mismas condiciones, manteniéndose así la apuesta firme porque Ceuta pueda contar con estas instalaciones y por evitar el desplazamiento de los pacientes para recibir el tratamiento.
El procedimiento sancionador previsto en los pliegos de la adjudicación contempla faltas leves que pueden ser sancionadas con multa de hasta 1.000 (como la omisión de datos y el retraso o tardanza en ejecutar órdenes de la Ciudad); infracciones graves susceptibles de sanciones de hasta 3.000 euros (por ejemplo, por el uso de los bienes de dominio público objeto de concesión para fines distintos de los que la motivaron); y faltas muy graves castigables con multas de hasta 6.000 euros “o con el rescate, caducidad o extinción de la concesión”.
En este último caso se contemplan conductas como “no explotar el objeto de la concesión por sí mismo”, “no abonar el canon en los periodos y plazos que se indican en el Pliego” o “la reiteración y reincidencia en faltas graves”.

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