Tal y como había adelantado en su comparecencia ante los medios de comunicación minutos antes de iniciar el pleno de Presupuestos, la misma Román argumenta en el informe jurídico que por un lado se entiende que el recurso no debe ser admitido por haberse presentado veinticuatro horas después de haber finalizado el plazo previsto en la legislación y luego una segunda razón de inadmisibilidad es que le falta legitimación activa tanto como miembro del grupo político Caballas, ya que “todos los miembros del mismo le deberían haber dado un apoderamiento”, como concejal, “debido a que los miembros de la Asamblea son diputados y la Ley de Régimen Local no es aplicable a la organización y funcionamiento de la Asamblea de la Ciudad de Ceuta” y como miembro del Consejo Rector de la GIUCE, “cuestión que queda despejada con la simple lectura de las funciones y competencias que tiene encomendada este organismo”.
De ahí que se explique “que el presente recurso no es sino la instrumentación jurídica de un criterio de oportunidad, que no sin bandazos de opinión poco justificados nos permite concluir que no se aprecia objetivamente la existencia de un interés concreto, real y efectivo que justifique la legitimación más allá de posicionamientos políticos legítimos pero indebidamente articulados a través de procedimientos jurídicos”.
El documento comunica la nueva licitación
En la conclusión del informe que se envía al Tribunal Administrativo Central se indica de manera clara que aun entendiendo que pudieran no estar justificados los argumentos esgrimidos por Aróstegui, “en aras a evitar posibles confrontaciones que vulneran principios básicos de la contratación administrativa, se va a proceder al desestimiento del presente procedimiento para proceder a iniciar otro procedimiento con el único criterio de adjudicación del precio.
Se acusa a Aróstegui de copiar una de las partes del recurso
Uno de los aspectos en que se basaba el recurso presentado por Aróstegui era su disconformidad con la clasificación empresarial que se exigía en el anuncio, en relación de manera primordial por la construcción del puente que debe unir La Marina con el Parque Marítimo del Mediterráneo.
Pues bien, en la contestación al recurso realizado por Susana Román se indica que “tampoco es muy original en su exposición, toda vez que se limita a copiar y pegar los argumentos que expuso uno de los posibles licitadores ante la GIUCE en su momento”.
Pasarela
Sobre este punto, indica que esa calificación fue sometida a informe del ingeniero corredactor del proyecto explicando que la exigencia de clasificación requerida para “puentes, viaductos y grandes estructuras de hormigón” obedecía a “que existe una estructura singular que une el Paseo e la Marina con el Parque Marítimo del Mediterráneo mediante una pasarela atirantada que es una tipología de puentes muy poco extendida a nivel mundial y que requiere unos conocimientos muy específicos así como un dominio de la técnica constructiva de este tipo especial de varias estructuras”.