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La “rocambolesca” acusación particular sacude el 'caso Emvicesa'

La Audiencia insta a justificar su personación al letrado que defiende a integrantes de la 'lista fantasma' que, según reconoce, pagaron a la trama criminal por VPO y piden 10 millones de euros por no conseguirlas

La Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta ha instado este martes por la tarde al letrado de la acusación particular personada en el 'caso Emvicesa', el gallego Manuel de Prado, que representa a cerca de veinte integrantes de la 'lista fantasma' publicada en 2015 que Susana Román llevó a los Tribunales, a “aclarar” a quién representa y cuál es la causa concreta que justifica que se consideren “perjudicados, agraviados u ofendidos”.

El abogado, que para más inri defiende además a uno de los acusados por cohecho por supuestamente pagar para conseguir una VPO, ha pedido un tiempo “razonable” a la Sala para argumentar por escrito, ya que ha dicho no tener en mente exactamente a quién representa.

Al exponer los motivos que validarían su personación ha dicho, en resumidas cuentas, que se trata de gente que pagó dinero por una vivienda protegida y apareció en la relación de supuestos adjudicatarios de las 317 VPO de Loma Colmenar publicada por un medio (la instrucción intuye que como una estrategia para probar ante los 'clientes' que la “organización criminal” había cumplido su parte y evitar males mayores), pero que después la administración no se las dio, por lo que deberían ser indemnizados.

En concreto esa parte reclama a quienes fueran condenados y a la Ciudad como responsable civil directa que les abone nada menos que 10 millones de euros. De “rocambolesca” ha tildado otra de las defensas la situación generada.

La Audiencia pide al abogado que se aclare

La Audiencia resolverá el asunto con el resto de cuestiones previas planteadas, pero de momento ha exigido a la acusación particular que se justifique o, en caso contrario, intente seguir en el procedimiento como acusación popular, aunque ello conlleva un cambio muy sustancial, ya que tendría que depositar fianza (y arriesgarse a perderla) para mantener sus reivindicaciones.

Muchas partes entienden que ya no tiene ni legitimidad ni tiempo ni capacidad para ello. Después de deslizar, al cuestionarse su personación, que los abogados de Ceuta estaban en complot con el de la Ciudad y planteaban una especie de “mini golpe de Estado”, la acusación particular se ha llevado todas las bofetadas.

Varios colegas han puesto en la picota que De Prado no sepa “ni a quién representa, y tiempo ha tenido”. Tras argumentar que la acusación particular está integrada por “personas que salieron en una lista que de la noche a la mañana fue anulada, hurtándoseles la posibilidad de optar a una vivienda tras pagar por ella”, parte del plenario se ha mostrado estupefacto por la confesión de la comisión de un supuesto delito como argumento para reclamar una compensación.

“Todos optaban y de repente aparecieron otros que no sabemos si pagaron más”, ha llegado a decir el abogado”, a quien han tenido que recordar que la promoción terminó siendo adjudicada por sorteo entre los demandantes de vivienda registrados como tales. “Han accedido a las casas terceras personas que siguen ellas y mis representados se han quedado sin nada, sin explicación y sin motivo”, ha apostillado.

Aviso, “podría alegar nulidad”

Aunque la Sala no ha encontrado “incompatibilidad” entre que ejerza la acusación particular y defienda a un acusado, De Prado ha terminado 'avisando' de que si se apreciase que su representado ha visto lesionado un derecho fundamental podría alegar “nulidad” ante instancias superiores de las sesiones desarrolladas hasta ahora de la vista oral.

Tal advertencia ha colmado al resto de letrados, que no solamente han incidido en que no puede seguir ejerciendo la acusación particular, sino ni siquiera la popular, pues ello conllevaría “darle una superioridad a quienes, en boca de su representante, reconocen haber cometido un delito”.

“Haber salido en una 'lista fantasma' que no tuvo efecto administrativo alguno no puede conceder ningún derecho o expectativa”, ha advertido un abogado. “No puede acreditar perjuicio porque cuando no existe no se puede acreditar... Es obvio”, ha razonado otra.

Una defensa más se ha mostrado sorprendida por que la Fiscalía “auspicie” su mantenimiento como acusación particular “incluso presionando con una supuesta nulidad” y otra le ha señalado como responsable directo y único de la vulneración de la tutela judicial efectiva que amaga con invocar. “Si él la provoca y la busca no podemos remediarlo... Que aclare su situación, pero ya no puede ni adherirse a la acusación de la Fiscalía”, ha resumido Lorenzo Linares.

La expulsión de la acusación particular conllevaría también la salida del procedimiento de la Ciudad Autónoma, pues la primera es la única que reclama dinero a la segunda, que mantiene 6 millones de euros depositados como fianza por esa reivindicación.

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