Residentes de las Islas Canarias denuncian que la bonificación aplicada para extrapeninsulares no se está llevando a cabo de una manera correcta en el caso de los viajes que implican un trasbordo. Pablo Dúo, relata el caso de su hermano, quien reside en las Islas Canarias, por lo que se beneficia, al igual que los residentes de Ceuta, de la bonificación del 75% en el transporte aéreo y marítimo recién aprobada.
Detalla que para venir a Ceuta, su hermano debe tomar un vuelo hasta Málaga y después tomar barco o helicóptero, ya que no se trata de un viaje directo. En estos casos, tal y como lo recoge el Real Decreto 1316/2001 publicado en el Boletín Oficial del Estado, en el que se regulan las bonificaciones para los ciudadanos extrapeninsulares, detalla que ésta se aplicará “en los trayectos directos, ya sean de ida o ida y vuelta, entre las Comunidades Autónomas de Canarias, de las Islas Baleares o de las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, con el resto del territorio nacional, respectivamente, así como en los desplazamientos insulares”.
El problema, incide Dúo, es el caso de su hermano, que al no existir un vuelo directo entre Canarias y Ceuta, debe trasbordar en Málaga y desde ahí tomar un helicóptero, el cual no le aplica la bonificación por no ser residente en Ceuta. Ante esta situación, el mismo Real Decreto contempla esta posibilidad, definiendo que “se considera trayecto directo aquel que se realiza desde el puerto, aeropuerto o helipuerto desde el punto de origen en los archipiélagos, Ceuta o Melilla, al destino en el resto del territorio nacional y viceversa, sin escalas intermedias o, de haberlas, cuando no superen las doce horas de duración, salvo aquellas que vinieran impuestas por necesidades técnicas del servicio o por razones de fuerza mayor”.
Bajo este precepto, Dúo defiende que las navieras y las aerolíneas deben aplicar el descuento en caso de transbordar, como es la situación de su hermano, bonificando no sólo el vuelo desde Canarias a Málaga, que es su ejemplo, sino también el helicóptero desde esta ciudad hasta Ceuta, siendo el punto final de su destino, “algo que no están haciendo”.
Recrimina que es en este segundo tramo del viaje cuando las compañías hacen caso omiso a la bonificación, pese a estar ambos trayectos dentro de las 12 horas que marca el decreto, teniendo que pagar la totalidad del billete. Indica que no es sólo un caso aislado de su hermano, sino que es un tema recurrente en entre los residentes en las Islas Canarias, cuyos viajes, en su mayoría, no pueden ser trayectos directos.
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