La Campaña de la Renta 2025-2026 comenzó hace ya varias semanas, pero son muchos los vecinos de Ceuta que se preguntan cuánto tiempo tarda Hacienda en devolver el dinero.
La Agencia Tributaria dispone legalmente de un plazo máximo de seis meses para efectuar la devolución, contados desde el fin de la campaña o desde la fecha de presentación si esta se hizo fuera de plazo.
No obstante, en la práctica habitual, el ingreso mediante transferencia bancaria suele realizarse en un plazo inferior a un mes.
Es importante señalar que si la declaración contiene errores o falta información, Hacienda puede modificar la cantidad, anular la solicitud o retrasar la gestión significativamente.
En este sentido, hay que comentar que aunque la Campaña de la Declaración de la Renta de 2025-2026 comenzó el 8 de abril, su finalización será en la jornada del 30 de junio de 2026.
Desde el 6 de mayo, también hasta el 30 de junio, se podrá presentar a través del teléfono (solicitud de cita desde el 29 de abril hasta el 29 de junio).
Para concertarla debes entrar en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, o bien, llamando a los siguientes teléfonos: 91 535 73 26 / 901 12 12 24 (teléfono automático) o 91 553 00 71 / 901 22 33 44 (servicio de cita para Renta).
Otras fechas clave
Por otra parte, el 25 de junio serla la fecha para presentar las declaraciones con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta y el 30 de junio será el último día para presentar las declaraciones y fecha final de la misma.
De esta manera, la campaña finalizará el lunes 30 de junio, salvo en el caso de las declaraciones con resultado a ingresar mediante domiciliación bancaria, cuyo plazo concluye el miércoles 25 de junio.
Para los contribuyentes que deseen realizar un seguimiento, es posible consultar el expediente a través del Servicio de tramitación del borrador (Renta WEB). Para acceder, se requiere el uso de Cl@ve Móvil, DNI electrónico o el número de referencia de la declaración.
Al consultar el sistema, el expediente puede mostrar diferentes estados de tramitación:
Si superado el plazo de seis meses Hacienda no ha hecho efectiva la devolución por causas no imputables al ciudadano, el contribuyente tiene derecho a percibir intereses de demora.
Este porcentaje se aplica de forma automática al momento de la devolución desde la fecha en que se produce el retraso hasta la orden de pago, sin que sea necesario realizar una reclamación adicional.
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