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Un reincidente en conducir sin permiso, condenado tras una alocada fuga de la Policía

El acusado ha aceptado las penas de prisión que no se suspenden dado su historial

La magistrada del Juzgado de lo Penal número 1 de Ceuta ha condenado este martes al llamado A.N.B. por tres delitos de conducción sin permiso, resistencia y conducción temeraria, por unos hechos ocurridos en julio de 2021. El acusado, que ha sido conducido preso por la Policía Nacional, ha reconocido los hechos y aceptado por tanto las penas acordadas por conformidad entre Fiscalía y su Defensa, evitándose así la celebración de la vista oral.

Por el delito de conducción sin permiso se le condena a 4 meses y 15 días de prisión; por el de resistencia, a 6 meses multa con el abono de una cuota diaria de 6 euros diarios; por el de conducción temeraria, a 15 meses de prisión y a 6 años de privación del permiso de conducir. Al constarle cuantiosos antecedentes se ha acordado la no suspensión de la pena, tal y como propuso la Fiscalía.

Y es que al acusado le consta una condena dictada por el Penal 2 por conducción sin permiso pendiente de cumplimiento y otra del Penal 1 del año 2017 por el mismo delito pero que quedó en suspenso durante dos años.

Así fue la escapada del ahora condenado

En este nuevo episodio delictivo, A.N.B. estaba conduciendo de madrugada cuando fue sorprendido por la Policía Nacional por la calle Mohamed Ahmed Abderrahaman sin poseer el correspondiente permiso para ello. Al ver a los agentes, aceleró bruscamente y con la intención de impedir que lo identificaran estuvo a punto de atropellarlos. No lo hizo porque estos se apartaron de la vía. El ahora condenado siguió la huida realizando maniobras muy peligrosas por la calle Romero de Córdoba, siguiendo por la avenida Teniente Coronel Gautier y Lisboa, terminando su escapada en el Poblado de Sanidad.

En un inicio la Fiscalía le había acusado de atentado, delito que se ha modificado por el de resistencia. Se ha tenido en cuenta la agravante de reincidencia en este tipo de delitos para fijar la condena por los hechos y, sobre todo, la oposición a la suspensión de la misma que ha sido aceptada.

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