“El subsidio de mayores de 52 años no se ha modificado por la reforma del nivel asistencial”. Esta es la aclaratoria que hace el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) para aquellos interesados en hacer el trámite, incluyendo algún vecino de Ceuta.
En este sentido, el SEPE ha insistido en que “se mantienen las mismas condiciones” con una duración hasta cumplir la edad ordinaria de jubilación.
En lo que respecta a la cuantía, se mantiene el 80% del IPREM. Asimismo, el SEPE recalca que “cotiza por la contingencia de jubilación al 125% de la base mínima de cotización de cada año”.
Sobre la declaración anual de rentas, el Servicio Público de Empleo Estatal recuerda que “anualmente debes presentar la declaración anual de rentas para mantener el subsidio de mayores de 52 años”. Se trata de una “prórroga anual en la que confirmas que no superas la rentas para poder percibir el subsidio”.
Igualmente, “debes presentar la declaración del IRPF ante la Agencia Tributaria”.
Sobre la documentación necesaria, el SEPE ha señalado que para poder acceder al subsidio es necesario presentar la siguiente documentación:
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