La Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública de la Ciudad Autónoma ha emitido una circular para los empleados de la Administración local en la que les ha comunicado que el lunes y el martes de la próxima semana “el inicio de la jornada laboral se reducirá en dos horas a la entrada” con motivo de la celebración de las Fiestas Patronales de Ceuta, este año suspendida por la pandemia del coronavirus.
El Convenio Colectivo y Acuerdo Regulador de la Ciudad recoge que “durante las Fiestas Patronales la reducción de la jornada será de tres horas diarias, haciéndose efectiva dos horas a la entrada y una a la salida con carácter general”.
El mismo texto estipula que “durante la época de verano, que abarca los meses de junio, julio, agosto y septiembre, se reducirá la jornada en una hora diaria que se hará efectiva, con carácter general, a la salida”.
Entre junio y septiembre el personal de la Ciudad sale una hora antes
No obstante, advierte que “los servicios y centros que realicen prestaciones de obligado cumplimiento o interés general que no permitan la reducción en el horario de la prestación del servicio, disfrutarán de la reducción de la jornada de trabajo en la forma que se determine por el responsable del servicio con autorización previa por el órgano competente en materia de personal, de manera que el servicio quede cubierto en todo momento”.
Igualmente se recoge que “los servicios que se presten en régimen de jornada partida, rotatoria o especial” tendrán que adaptar a sus respectivos horarios la reducción de jornada “previo informe de la Jefatura del Servicio” al que esté adscrito cada trabajador de la Administración.
Circular
Recursos Humanos. La Dirección General competente ha comunicado a los empleados públicos de la Administración local que “durante los días 3 y 4 de agosto el inicio de la jornada laboral se reducirá en dos horas a la entrada”.
Convenio
Tres horas. El Convenio Colectivo y Acuerdo Regulador de la Ciudad establece que “durante las Fiestas Patronales la reducción de la jornada será de tres horas diarias, haciéndose efectiva dos horas a la entrada y una a la salida con carácter general” y “sin perjuicio de lo dispuesto para los servicios y centros que realicen prestaciones de obligado cumplimiento o interés general”.
Festivos
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